Sevilla

Condenado a 5 años un empresario por una estafa piramidal de 2,7 millones

  • Son 66 las personas que se vieron perjudicados por la empresa.

Un empresario sevillano ha sido condenado a cinco años de cárcel por una estafa piramidal en la que se apropió de 2.707.669 euros que le confiaron 66 inversores y que él colocó "en contra de la lógica de cualquier inversión en valores de renta variable". 

Una sentencia de la Sección Primera de la Audiencia dice que el acusado Manuel S.D., junto a su socio fallecido, crearon la sociedad Sousa y González y "con el fin de conseguir un mayor número de clientes decidieron, contra la más elemental precaución, asegurar un interés fijo en las inversiones de sus clientes, que se veían así a salvo de los avatares del mercado". 

Los clientes, excepto en raras ocasiones, desconocían en qué activos financieros se invertía su capital y autorizaban a Sousa y González a disponer de lo invertido. 

Añade la sentencia que "durante años, mientras la situación económica fue boyante", los acusados pudieron pagar los intereses y devolver los capitales si les eran solicitados, "ya fuese porque las inversiones eran acertadas, ya porque con el flujo de las inversiones de nuevos clientes se iban haciendo el pago de las operaciones vencidas". 

Pero a partir del año 1998 el acusado, "aún cuando era plenamente consciente de que en absoluto la situación del mercado financiero permitía asegurar los intereses que comprometían", decidió seguir captando clientes. 

Con el dinero así obtenido "en vez de invertirlo en los activos financieros como prometían, lo dedicaban a usos propios, bien a apoderarse lisamente de lo invertido, bien a pagar intereses de anteriores operaciones o devoluciones de capital". 

El empresario es condenado a devolver las inversiones a 66 clientes, que aportaron desde 6.010 euros hasta 193.525 euros o 247.798 euros que llegaron a confiarle otros afectados. 

En el caso fue inicialmente acusada la esposa del empresario por alzamiento de bienes al vender un piso de su propiedad pero la sentencia considera que tanto ella como la mujer del socio fallecido no tuvieron "participación alguna en la gestión y dirección" de la compañía. 

Un perito que declaró en el juicio aseguró que en un principio, al constituirse la sociedad en el año 1986, "la gestión fue posible que se llevara correctamente y que los contratos que se firmaban con los clientes llegasen a feliz término, porque el número de clientes era aceptable, el diferencial que se comprometía era razonable y la rentabilidad de la bolsa era alta, por lo que ambas partes ganaban", según un perito que declaró en el juicio. 

Pero en el momento en que los contratos sobrepasaban la capacidad financiera prevista, "temblaba la gestión que la empresa tenía, el diferencial que se firmaba era alto, para atraer a más clientes, pero la rentabilidad de la bolsa no estaba a la altura de las necesidades empresariales", añade el fallo. 

La sentencia condena al empresario a cinco años de cárcel, multa de 1.980 euros y a que indemnice a los 66 afectados, en un fallo que aplica la atenuante de dilaciones excesivas porque el caso se ha juzgado "casi 13 años después de su iniciación, sin que lo justifique la complejidad del asunto". 

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