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Sevilla

Campaña especial de control de velocidad en las carreteras de la provincia de Sevilla

  • La DGT refuerza los controles en las vías convencionales tanto con radares estáticos como dinámicos.

  • En 2018, 205 conductores fueron denunciados por superar los límites

Agentes de la Guardia Civil de Tráfico realizando controles de velocidad

Agentes de la Guardia Civil de Tráfico realizando controles de velocidad / EFE

La Dirección General de Tráfico (DGT) realiza una nueva campaña de control de velocidad desde este lunes, 12 de agosto, hasta este domingo, 18 de agosto, en las carreteras de la provincia de Sevilla. En 2018 los agentes controlaron la velocidad de 3.656 vehículos, de los que 205 fueron denunciados por exceso de velocidad, lo que representa el 5,6 por ciento del total.

Por un lado, la velocidad media de los vehículos sancionados fue de 93,75 kilómetros por hora y la de los vehículos controlados de 70 kilómetros por hora. Por otro lado, todos los controles realizados fueron estáticos y se realizaron en carreteras convencionales.

El subdelegado del Gobierno en Sevilla, Carlos Toscano, ha llamado a la prudencia de los conductores y a su implicación en el cumplimiento de los límites de velocidad, pues llevar una velocidad adecuada "puede evitar la cuarta parte de los accidentes mortales".

En el ámbito de esta campaña, y en función de los datos de campañas anteriores, la Dirección General de Tráfico ha reforzado los controles en las carreteras convencionales tanto con radares estáticos como dinámicos.

Desde enero y hasta el pasado 23 de julio, aún datos provisionales, se han producido en las carreteras de la provincia de Sevilla un total de 17 accidentes mortales y en el 47,05 por ciento de ellos se encontraba presente el factor concurrente de la velocidad inadecuada. Mientras que en un 64,04 por ciento de estos accidentes intervino como factor concurrente la conducción distraída o desatenta y en un 11,76 el factor cansancio o sueño.

Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), en el caso de atropellos a peatones precisa que a partir de 80 kilómetros por hora es prácticamente imposible que una persona se salve en caso de atropello. Del mismo modo, a una velocidad de 30 kilómetros hora el riesgo de muerte se reduce al 10 por ciento.

El artículo 379 del Código Penal, establece que "el que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana a la permitida reglamentariamente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o a la de multa de seis a doce meses y trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días, y, en cualquier caso, a la de privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años".

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