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El asesinato de marta

La Fiscalía se opone a reabrir la nueva causa contra Carcaño

  • Pide a la Audiencia que confirme el archivo del posible delito contra la integridad moral que ya fue dictado y ratificado el pasado mes de mayo por el juez del caso.

La Fiscalía de Sevilla se ha opuesto nuevamente a la petición realizada por los padres de Marta del Castillo para que se reabra la causa seguida contra Miguel Carcaño por un nuevo delito contra la integridad moral derivado del daño causado a la familia de la joven con su penúltima versión de los hechos, cuando dijo que fue su hermano, Francisco Javier Delgado, quien la mató tras golpearla con la culata de una pistola y que, posteriormente, la enterraron en la finca Majaloba de La Rinconada. 

Fuentes judiciales han informado de que el Ministerio Público ha presentado un escrito en el que se opone al recurso de apelación que los padres de la joven han interpuesto ante la Audiencia Provincial de Sevilla para que se reabra la causa contra Carcaño, que fue condenado a 21 años y 3 meses de cárcel por el asesinato de Marta, y se llame a declarar a seis agentes de la Policía Nacional. Las mismas fuentes han indicado que, de este modo, la Fiscalía ha solicitado a la Audiencia Provincial de Sevilla que confirme el archivo de la causa dictado y ratificado el pasado mes de mayo por el juez de Instrucción número 4, Francisco de Asís Molina. 

El pasado mes de febrero, el juez instructor archivó la causa, lo que fue recurrido en reforma por los padres de Marta, recurso que fue desestimado por el magistrado en un auto dictado en mayo. Ahora, será la Audiencia Provincial de Sevilla la que deba resolver el recurso de apelación interpuesto por la familia de la joven contra esta última resolución. La abogada de los padres de Marta, Inmaculada Torres, ha recurrido para que se reabra la causa y se llame a declarar a seis agentes de la Policía Nacional.Según la letrada, estos policías -entre ellos el comisario jefe de la Brigada Provincial de Policía Judicial, José Martínez de Mandojana- han sido los responsables de las labores de búsqueda de la joven y sus declaraciones serían "fundamentales" para el esclarecimiento de los hechos, ya que Carcaño les habría revelado su nueva versión de los hechos. 

Cabe recordar que el juez Francisco de Asís Molina abrió diligencias contra Carcaño y le tomó declaración como imputado en julio de 2014 después de que la Sección Tercera de la Audiencia Provincial confirmara el archivo de la causa contra el hermano de Miguel en un auto en el que acordó deducir testimonio contra Carcaño por un nuevo delito contra la integridad moral, ya que "no debe caer en saco roto este nuevo intento de distracción y ocultamiento de la realidad", en relación a su penúltima versión de los hechos. No obstante, y después de tomarle declaración como imputado, el juez consideró que "no resulta debidamente justificada la perpetración del delito" atribuido a Miguel Carcaño y acordó por ello el sobreseimiento provisional de la causa, "sin perjuicio de una futura reapertura si acontecimientos nuevos lo justificaran". 

El juez pone de manifiesto que el tipo delictivo "exige como elementos objetivos infligir un trato degradante a otra persona con resultado de menoscabo grave de su integridad moral, y como elemento subjetivo el dolo que implica conocer y querer efectuar dicho trato con la consecuencia mencionada". En este sentido, recuerda que el Tribunal Supremo elevó la condena de Carcaño a un año y tres meses de prisión por un delito contra la integridad moral "porque a lo largo de la fase de instrucción cambió reiterada y deliberadamente de versión sobre el destino del cuerpo en un escenario absolutamente distinto al que hoy nos trae". Así, "fue la conjunta valoración de todas las versiones la que permitió alcanzar una conclusión certera en el ámbito de la antijuricidad y de la culpabilidad", pero "dado que tal conducta ya fue penada, sólo podemos valorar ahora, como comportamiento aislado, si la nueva declaración prestada integra, por sí sola, un nuevo delito". En este caso, "no se aprecia que Miguel Carcaño, con su nueva declaración, haya infligido a los familiares directos de la víctima, o haya procurado hacerlo, un trato degradante tal y como lo define la doctrina para integrar el injusto típico, esto es, aquél que, con independencia del medio utilizado, conlleva padecimientos físicos o psíquicos y produce en todo caso un sentimiento de humillación o sensación de envilecimiento ante los demás o ante sí mismo". El juez recuerda que, en el auto donde archivó la causa contra el hermano de Miguel, ya señaló que "la declaración de Miguel, ya penado, carecía de encaje procesal y fue resultado de cuantas entrevistas consideró necesarias la Policía para tratar de determinar el paradero del cuerpo de la menor".   

Así, "y en respuesta a las demandas policiales de colaboración, manifestó que no conocía y no podía señalar, ni siquiera por aproximación, el paradero del cuerpo, limitándose a decir que lo sepultaron en terrenos situados en el margen izquierdo según el sentido de marcha desde Sevilla a La Rinconada". Tras ello, y en su declaración como imputado en esta nueva causa, el 1 de julio de 2014, "volvió a reiterar que 'no es cierto que hiciera esta declaración -la de 29 de abril de 2013- para causar impacto en los medios de comunicación sabiendo que con ello causaba un daño a los familiares de Marta'" y que siempre fue su intención que se encontrara el cuerpo. En segundo lugar, "y ello resulta determinante" para el archivo de la causa, el juez añade que "no se puede afirmar que Miguel esté mintiendo pues no sabemos ni podemos saber, por el momento, si dice o no la verdad porque nunca precisó un lugar concreto y no podemos saber si el cuerpo está o no en terrenos que separan la ciudad de Sevilla de La Rinconada, de manera que es rechazable sostener una imputación con tan escurridizas bases que quedaría desacreditada si en algún momento apareciera el cuerpo en tan extensos parajes".   

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