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Sevilla

Fracasa la negociación sobre los servicios mínimos para la huelga del Metro

  • El primer día de paros está fijado para el 12 de marzo 

El comité de empresa y la dirección de la sociedad Metro de Sevilla, participada mayoritariamente por la corporación Globalvía y en un 11,76 por ciento por la Junta de Andalucía, han celebrado este miércoles una reunión en torno a los servicios mínimos de la huelga de seis días promovida por la plantilla a partir del 12 de marzo, por las compensaciones por la aplicación de los servicios especiales de la Feria de Abril. 

Juan Lorenzo, presidente del comité de empresa de la sociedad Metro de Sevilla, ha informado a Europa Press de que la citada reunión ha acabado "sin acuerdo", toda vez que la representación sindical abogaba por unos servicios mínimos del cero por ciento y la representación de la empresa apostaba por que los mismos alcancen el 80 por ciento del servicio. Dado el caso, será la Delegación Territorial de la Consejería de Empleo el órgano que dicte los servicios mínimos. 

Entretanto, y respecto al fondo del conflicto laboral, ambas partes celebraron este pasado martes un encuentro bajo los auspicios del Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Laborales de Andalucía (Sercla), acordando celebrar otra reunión el viernes de esta semana. 

La convocatoria de huelga está fijada para las franjas de 7 a 9 horas y de 19 a 21 horas de los días 12, 14, 19, 21, 23 y 26 de marzo. 

El conflicto gira en torno a las compensaciones asociadas a los servicios especiales de la edición 2018 de la Feria de Abril. Al respecto, recordemos la convocatoria de huelga que afrontaba la empresa y el servicio público de metro a finales de abril de 2017. Y es que dado que la Feria de Abril de aquel año estuvo marcada por un nuevo formato, con su celebración de sábado a sábado y por ende con un día más de festejos, la plantilla reclamaba que las compensaciones por los servicios especiales prestados en tales fechas fuesen también ampliadas. 

La dirección de la empresa, de su lado, alegaba que la plantilla demandaba una retribución adicional a la que establece el convenio en vigor, lo que suponía "una modificación del mismo".  

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