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Sevilla

Frente vecinal contra la ordenanza de ruidos por sus fallos "aberrantes"

  • El catedrático de Derecho Jordano Fraga cuestiona en un dictamen su redacción técnica y jurídica. Asociaciones y particulares han presentado numerosas alegaciones.

Desprotegidos y traicionados. Así se sienten muchos vecinos de Sevilla con la nueva Ordenanza de contaminación acústica, ruidos y vibraciones. Aseguran que la norma, que fue aprobada inicialmente el pasado 26 de julio, supone una auténtica agresión al derecho al descanso al proteger y blindar las actividades contaminantes. Por ello, asociaciones de toda la ciudad, y vecinos de manera particular, se han unido para presentar un sinfín de alegaciones a la ordenanza. Son muchas las deficiencias que, aseguran, presenta el texto, aunque claman especialmente contra varias: que legaliza las actividades hasta ahora prohibidas en las viviendas, que no regula los veladores como emisor acústico y que permite otorgar nuevas licencias en zonas acústicamente saturadas.

Las asociaciones de vecinos y plataformas contra el ruido, que durante dos años han mantenido reuniones con el director de Medio Ambiente del Ayuntamiento, Joaquín Díaz, al que trasladaron sus principales inquietudes para que fueran incluidas en la ordenanza, algo que no ha sucedido finalmente, encargaron un dictamen -que se pagó por suscripción popular- a Jesús Jordano Fraga, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Sevilla. En su informe, entregado también al Consistorio, es claro en la valoración de la ordenanza: "Estamos ante un trabajo de escasa calidad técnica-jurídica con errores aberrantes. Que haya sido hecho de forma externalizada, costando dinero de los impuestos ciudadanos, es ciertamente incomprensible. Sin embargo, a nuestro juicio, más reprobable es la separación del modelo de la ordenanza tipo de protección contra la contaminación acústica en Andalucía, de la FAMP, sin justificación a lo largo del articulado y casi siempre en detrimento de la calidad ambiental acústica".

El profesor Jordano Fraga se refiere a un hecho denunciado por los vecinos. Los técnicos de Medio Ambiente redactaron una ordenanza que fue posteriormente desechada para encargarse una nueva a una ingeniería sin experiencia, pagando el Ayuntamiento 21.000 euros por el trabajo. "Lo que ha hecho es usurpar la de los funcionarios. Modifican, cambian y manipulan los artículos que protegen contra el ruido de actividades. La de los técnicos de Sevilla que se desechó fue considerada tan apropiada que se ha adoptado como ordenanza tipo por la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP) y se aplicará en todos los municipios menos en Sevilla", explica Emilia de la Serna, miembro de Juristas contra el ruido, que también ha presentado sus alegaciones de manera personal.

El dictamen del profesor Jordano Fraga es demoledor contra la ordenanza. Entre otras cosas indica que "la tramitación de la ordenanza no ha respetado el principio de participación en cumplimiento de los artículos 9 y105,2 CE; los artículos 1, 70 bis, apartado uno y 72 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local, que postulan la participación efectiva y no meramente ritual de los ciudadanos afectados y asociaciones que los agrupan y representan. Es obvio que cuando los responsables municipales se niegan a recibir a las asociaciones, o cuando hacen total omisión de sus observaciones realizadas por escrito, dichos preceptos son vulnerados". Los vecinos también censuran que la ordenanza no cuente con exposición de motivos. Emilia de la Serna da una explicación: "Sería tan incompatible con el contenido de la ordenanza que por eso la han omitido".

Entre las alegaciones presentadas destaca la que hace referencia a la legalización de actividades hasta ahora prohibidas en edificios de viviendas por su alto nivel de contaminación, como discotecas (art. 12). Los veladores copan otra gran parte de las reclamaciones vecinales. La nueva ordenanza no recoge ninguna regulación sobre ellos, cuando sí lo hacía la redactada por los técnicos, prohíbe medir el ruido en ellos y, además permite su instalación en Zonas Acústicamente Saturadas (ZAS) y posibilita el uso de la megafonía, algo muy criticado. Tampoco es necesaria, según el nuevo texto, una autorización para que una peña o asociación pueda organizar una actuación musical en directo, con el consiguiente perjuicio. Además, prohíbe medir el ruido de conciertos celebrados al aire libre. Por último, aunque hay muchas más alegaciones, la nueva ordenanza no regula las ZAS y permite otorgar nuevas licencias.

La pasividad del Consistorio con las actividades contaminantes también concentra las iras vecinales. Aseguran que el trabajo que hace la Línea Verde de la Policía Local es "tirado a la basura" por Medio Ambiente, quien deja morir los precintos de los locales o los expedientes abiertos. Esta situación ya fue denunciada por el Defensor del Pueblo Andaluz. "Son papeles encima de una mesa que no se ejecutan. Que den una lista con las sanciones impuestas, los cobros de las multas, la aplicación del cierre y por cuánto tiempo", señala Emilia de la Serna, que también denuncia que las actividades obtienen la calificación ambiental por silencio administrativo: "Presento mi solicitud de calidad ambiental y la obtengo por no decirme nada. Cualquier local de Sevilla en cuatro meses se puede convertir en una actividad nocturna muy contaminante", resume.

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