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Rechazan una indemnización de 200.000 euros por no informar sobre los riesgos del glaucoma

  • El paciente consideró que los doctores habían conculcado sus derechos al no informarle "previa y correctamente" de la operación de glaucoma en un diabético.

La Audiencia de Sevilla ha rechazado una reclamación de 200.000 euros contra una clínica oftalmológica por, supuestamente, no informar de forma adecuada sobre los riesgos de una operación de glaucoma en una persona diabética.

El paciente había reclamado dicha indemnización no por la técnica quirúrgica ni el tratamiento médico aplicado, que reconoció en todo momento como correctos, sino porque consideró que los doctores habían conculcado sus derechos al no informarle "previa y correctamente" del diagnóstico de su enfermedad, las posibilidades del tratamiento y las eventuales consecuencias.

La Sección Octava de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, ratifica la "corrección técnica de la intervención" realizada en el año 2002, pero además precisa que, según el Tribunal Supremo, la información que el médico debe dar al paciente sólo se refiere a los "riesgos típicos, frente a los atípicos por imprevisibles o infrecuentes".

Por ello, "no es menester informar detalladamente acerca de aquellos riesgos que no tienen un carácter típico por no producirse con frecuencia ni ser específicos del tratamiento aplicado, siempre que tengan carácter excepcional".

Además, la sentencia recuerda que la obligación de los doctores no podía regularse entonces por la ley de Derechos y Obligaciones en Materia de Información y Documentación Médica, que se publicó el 15 de noviembre de 2002 y entró en vigor seis meses después, sino por la Ley General de Sanidad de 1986, según la cual facilitaron la "información correcta".

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