Comercio

Todas las claves de la nueva ordenanza para proteger el comercio tradicional en Sevilla

  • El distinto podrán solicitarlo los negocios con más de 40 años que por su “singularidad y trayectoria forman parte de la ciudad”

Casa Lucas, en Puente y Pellón, es uno de los negocios históricos de la ciudad.

Casa Lucas, en Puente y Pellón, es uno de los negocios históricos de la ciudad. / Antonio Pizarro

Nueva ordenanza que regula la concesión y utilización del distintivo Establecimiento Emblemático de la Ciudad de Sevilla, una iniciativa para impulsar la actividad económica de comercios, restaurantes, bares y hoteles que tengan una arraigada historia y singularidad para contribuir a su protección y pervivencia.

Son cinco cinco principales objetivos de la nueva regulación: primero, la protección y conservación de establecimientos que, por su singularidad y trayectoria históric, “forman parte de la esencia y la identidad del sector comercial y servicios de Sevilla, siendo referentes para muchas generaciones de residentes y visitantes”. Segundo, facilitar su acceso a líneas de ayudas, así como arbitrar campañas específicas para la promoción. Tercero, ayudar a la competitividad y consolidación como empresa de este tipo de comercio tradicional, evitando su desaparición frente a la competencia de las franquicias y las grandes superficies. Cuarto, desarrollar los acuerdos para la reactivación económica y laboral de la ciudad tras la crisis sanitaria por el Covid-19. Por último, desarrollar el Plan Estratégico Sevilla 2030, que contempla el comercio como sector vital para la economía y el empleo, y profundizar en los Objetivos de Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas, que abogan por el impulso al producto local y el comercio de cercanía.

Esta nueva ordenanza entrará en vigor en el mes de abril. El distintivo empresarial Establecimiento Emblemático de la Ciudad de Sevilla podrán solicitarlo aquellos titulares de los establecimientos ubicados en la ciudad cuya actividad se encuadre en alguno de los epígrafes de la División 6 del Impuesto de Actividades Económicas –incluyen comercio, restaurantes, hospedaje y reparaciones– que lleven abiertos ininterrumpidamente durante más de 40 años y que reúnan al menos, uno de los dos siguientes requisitos: que ejerzan una actividad singular, que es aquella que se distingue por la especialización de los conocimientos que implica y que son o han sido relevantes en la cultura tradicional de Sevilla en los aspectos materiales, económicos y sociales; o que tengan distintos elementos con valor histórico o patrimonial protegido expresamente, así como elementos de mobiliario tanto en el interior como en el exterior –rótulos, expositores, veladores, ornamentación de la fachada–, que formen parte de la imagen tradicional del local o que constituyan sus señas de identidad.

El plazo se abrirá el mes que vidne cuando la ordenanza se publique en el BOP (Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla). Ese distintivo se podrá utilizar en la propia actividad comercial y con fines publicitarios y será valorado también a efectos de la obtención de subvenciones, ayudas y medidas de promoción específica dirigidas a mantener la actividad, bonificaciones y exenciones fiscales y la participación en las acciones de publicidad, difusión y promoción que despliegue el Ayuntamiento.

La concesión del distintivo tendrá una vigencia ilimitada, siempre que se mantengan los requisitos cuya valoración justificó su concesión. Se fija, además, un sistema de suspensión temporal o definitiva de la autorización del uso del distintivo, sea por una utilización indebida o cuando desaparecen las circunstancias por las que se ha otorgado.

Esa ordenanza establece criterios similares a los que se pusieron en marcha para las convocatorias abiertas por la Cámara de Comercio con la colaboración también del Ayuntamiento para la protección de establecimientos emblemáticos.

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