Sevilla

El Supremo amplía otros 15 días el plazo para la sentencia del caso Marta

  • La resolución podría conocerse en fechas próximas al 24 de enero, cuando se cumple el cuarto aniversario de la desaparición

El Tribunal Supremo ha vuelto a prorrogar por otros 15 días el plazo para dictar sentencia por el asesinato y desaparición de Marta del Castillo, con lo que el fallo puede conocerse en unas fechas próximas al 24 de enero, cuando se cumpla el cuarto aniversario del crimen. En un auto fechado el pasado 28 de diciembre, el Alto Tribunal ha decidido prorrogar por otros 15 días el dictado de la sentencia, por las mismas razones que le llevaron a acordar una prórroga anterior de un mes.

El Supremo achacó esa primera prórroga, que se acordó el pasado 22 de noviembre, a la "complejidad" del caso y con el nuevo plazo, los magistrados disponen en principio hasta el próximo 23 de enero para dictar la sentencia, aunque no tienen por qué agotar este tiempo y la resolución podría conocerse antes. El Tribunal Supremo celebró el pasado 7 de noviembre una vista, con presencia del fiscal y de los abogados de todas las partes, en la que se expusieron los argumentos en relación con los recursos presentados contra la sentencia que dictó la Audiencia de Sevilla el 13 de enero de 2012. Esta sentencia sólo condenó a Miguel Carcaño a 20 años de prisión por un delito de asesinato y absolvió a los otros tres acusados.

La Fiscalía y los padres de la joven Marta del Castillo pidieron en esa vista al Tribunal Supremo que ordene repetir el juicio contra su asesino, Miguel Carcaño, o que condene a los tres presuntos cómplices que fueron absueltos e imponga a Carcaño el pago de los 616.319,27 euros que costó la búsqueda.

La Fiscalía del Supremo consideró que la sentencia de la Audiencia de Sevilla contiene errores "clamorosos" y "graves", que contradicen los hechos que la jurisdicción de Menores consideró probados respecto a Francisco Javier García Marín, el Cuco, que fue condenado a tres años de internamiento por encubrir el crimen.

Los tribunales de adultos y de menores llegaron a "conclusiones fundamentalmente diferentes", lo que "afecta al derecho a la tutela judicial efectiva de las acusaciones" y sus "conclusiones absolutamente ilógicas lesionan los derechos de las partes y los sentimientos de las víctimas", argumentó entonces el fiscal.

Ni la Fiscalía ni los padres de Marta recurrieron la absolución de Carcaño por violación, pero sí pidieron que sea condenado su amigo Samuel Benítez, su hermano Francisco Javier Delgado y la novia de éste, María García, por participar en la operación para deshacerse del cadáver, que casi cuatro años después sigue sin ser hallado a pesar de que el juez Francisco de Asís Molina, que instruyó la causa, mantiene abierta una "pieza separada" en la que continúa investigándose el paradero del cuerpo.

El fiscal y la acusación de los padres de Marta critican en sus recursos de casación las incongruencias de la sentencia de la Sección Séptima, entre las que destacan la hora en la que según el fallo fue sacado el cuerpo de Marta del domicilio de León XIII, que el tribunal sitúa en torno a las diez de la noche, mientras que la Fiscalía considera que se produjo de madrugada y para ello se apoya en el denominado apagón "telemático" de los teléfonos móviles de los acusados. También consideran "absurdo" el razonamiento del tribunal respecto a la existencia de un tercero desconocido que ayudó a sacar el cadáver y que para las acusaciones se hizo para fijar la salida del piso sobre las 22:15.

Frente a los planteamiento de las acusaciones, las defensas de los tres acusados que fueron absueltos solicitaron la confirmación de la decisión de la Audiencia de Sevilla, al critica el "error" en el que incurren las acusaciones por hacer una valoración propia de los hechos que declaró probados el tribunal.

La abogada Paloma Pérez Sendino, que defiende a Carcaño, pidió una rebaja de al menos cinco años de la condena, al considerar que la muerte de Marta constituyó un homicidio -que se castiga con un máximo de 15 años- y no un asesinato, porque no hubo "alevosía sorpresiva" en el golpe con el cenicero.

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