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Sevilla

El TSJA anula el sistema del SAS que permite a eventuales ocupar jefaturas

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por no limitar el acceso a los cargos intermedios a personal con plaza fija y nombrar a eventuales por libre designación, según un comunicado del Sindicato de Enfermería de Andalucía (Satse).

La sentencia dictada el pasado 14 de marzo en la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJA anula concretamente una convocatoria del SAS que data de 2010 para ocupar un puesto de jefe de bloque de Enfermería en el Virgen del Rocío mediante un sistema de libre designación. El fallo, contra el que no cabe recurso, recuerda que el Tribunal Supremo "expone con rotundidad que para acceder al puesto de cargo intermedio es necesario ser personal funcionario o estatuario y ello sólo es predicable de los que según el Estatuto Básico y Ley 55/2003 del Estatuto Marco son funcionarios de carrera y estatuarios fijos que están vinculados a la Administración por una relación estatuaria, ya que los temporales son nombrados por razones de necesidad y urgencia". El TSJA insiste en que para ocupar cargos de responsabilidad sólo pueden ser nombrados aquellos que han superado el proceso selectivo en el que se garantizan los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad. Ante esta decisión judicial, el Satse valora que se trata de un paso más para impedir el "enchufismo" en el SAS.

A través de un comunicado, el sindicato de Enfermería incide en que esta sentencia del TSJA ahonda en pronunciamientos anteriores que condenaron al SAS por permitir el acceso a un puesto intermedios a cualquier persona ajena a la Administración pública. "Ahora no sólo tiene que ser personal funcionario o estatuario sino que además tiene que ser fijo", recalca el Satse.

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