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Patrimonio

Urbanismo ordena obras urgentes en un corral de vecinos de Alhóndiga

  • La propiedad debe realizar el apuntalamiento de los elementos dañados, revisar los vuelos de la fachada y fijar las piezas sueltas

Una joven pasa por la fachada del inmueble, en el número 5 de la calle Alhódiga.

Una joven pasa por la fachada del inmueble, en el número 5 de la calle Alhódiga. / Juan Carlos Vázquez

Un corral de vecinos protegido en mal estado. La Gerencia de Urbanismo ha ordenado a los dueños de un inmueble enclavado en el número 5 de la calle Alhóndiga la ejecución de medidas urgentes de seguridad entre las que destaca la inspección de la estructura del edificio, con detección y valoración de daños mediante la apertura de calos en los falsos techos y catas para descubrir los elementos ocultos en todas las dependencias en que, a la vista de los indicios, se considere necesario, especialmente las que presenten afección por humedad y deformaciones, procediéndose a su cierre si no se observan daños que requieran de medidas. Se procederá a la demolición completa del falso techo si durante la inspección se determinara necesario.

Una vez realizada la inspección de un inmueble que cuenta con un nivel de protección C parcial en grado 1, el propietario deberá realizar el apuntalamiento y apeo de los elementos que lo requieran por la existencia de daños, ejecutando la correspondiente transmisión de cargas al terreno, de forma que queden garantizadas las condiciones de seguridad de la finca, de forma provisional y hasta que se proceda a su reparación definitiva con el seguimiento adecuado.

Los técnicos de la Gerencia explican que el apeo o refuerzo será cuajado en aquellas zonas en las que el entrevigado también presente peligro de desprendimiento. En la medida de lo posible, se debe evitar que el apuntalamiento afecte a dependencias en uso mediante desvío de cargas a elementos portantes. Los apeos podrán realizarse con carácter definitivo si en las plantas inferiores a los forjados dañados no existen daños propios que hagan necesario su apuntalamiento.

Las obras urgentes deben proteger la fachada, primera crujía, patios y tipo de cubierta, e incluyen el sellado e impermeabilización provisional de las zonas de cubierta que están generando filtraciones; la fijación de las piezas de solería sueltas, sustituyendo las fracturadas; la inspección del saneamiento enterrado con reparación o sustitución de los elementos que presenten roturas o daños, sustitución y relleno de terreno si fuera necesario, con reparación de los revestimientos que resulten afectados; la revisión de vuelos de la fachada del edificio, con sustitución, reparación, refuerzo y correcta fijación de los elementos dañados y sueltos con soluciones a decidir por el técnico director de las obras para su estabilización y protección; y la reparación de los revestimientos que resulten afectados.

Los trabajos cuentan con un presupuesto de 20.550 euros y un plazo de ejecución de 60 días

Para la ejecución de las medidas propuestas será necesario el acceso a todas las dependencias y zonas exteriores de un edificio que fue inspeccionado por los técnicos de Urbanismo el pasado 30 de enero. Para la ejecución de las obras es necesaria la ocupación de la vía pública con la colocación de medio auxiliar para trabajos en altura, cuba y acotado de la zona de trabajo. Todos estos elementos que ocupan la vía pública se deberán situar donde entorpezca lo menos posible el paso de personas y vehículos. En el caso de que sea necesario que el medio auxiliar para las actuaciones en la fachada se ubique en la calzada abierta al tráfico rodado (o sea necesario un corte de tráfico) debe solicitarse al área de Movilidad.

Urbanismo detalla que el plazo para los trabajos es de 60 días con un presupuesto de 20.555 euros y requiere al propietario del inmueble que, sólo y exclusivamente en el caso de que no vaya a proceder a la ejecución de las obras en un plazo de 15 días, concedan por escrito autorización voluntaria de entrada a fin de que puedan acceder a la finca los técnicos y el personal de la empresa designada para realizar la intervención de manera subsidiaria.

En el expediente se apercibe a la propiedad del inmueble que, independientemente de la ejecución subsidiaria de las obras, el incumplimiento de las obligaciones de conservar y rehabilitar las construcciones y edificaciones protegidas por el planeamiento será sancionable con multa de 600 a 60.000 euros. Además, imputa al propietario las responsabilidades de todo orden que pudieran derivarse por negligencia en los deberes de conservación. La orden de ejecución conlleva el abono de tasa por prestación de servicios urbanísticos que se calcula en función del 2,3% del presupuesto de ejecución material. Según la ordenanza fiscal vigente la cantidad asciende a 338 euros.

El corral de vecino cuenta con una patio. El corral de vecino cuenta con una patio.

El corral de vecino cuenta con una patio. / Juan Carlos Vázquez

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