URGENTE Pedro Sánchez se retira de la vida pública hasta el 29 de abril para pensar si seguirá de presidente del Gobierno

Sevilla

La juez archivará el caso del atropello de Hytasa a petición de la Fiscalía

  • El Ministerio Público pide el sobreseimiento de la causa porque no es posible seguir el procedimiento una vez que el hijo de la víctima renunció a las acciones legales tras haber cobrado una indemnización

Al final no han hecho falta los tres informes contradictorios que el Ayuntamiento de Sevilla ha hecho llegar al juzgado para tratar de expiar su responsabilidad por el hecho de que estuviese apagado desde hace varios meses el semáforo donde murió atropellada la funcionaria Consuelo González. La Fiscalía ha presentado un escrito en el juzgado de Instrucción número 19 de Sevilla, que investiga el caso, en el que solicita precisamente el archivo de la causa, una decisión que se produce después de que la compañía aseguradora del camión, Allianz, haya indemnizado al hijo de la fallecida y éste haya renunciado a continuar las acciones legales contra el conductor del vehículo.

El escrito remitido por el Ministerio Público al juzgado parte de la comparecencia que realizó en el juzgado el pasado 23 de junio el hijo de Consuelo González, quien confirmó que ha sido indemnizado "a su plena satisfacción" tras haber recibido 122.000 euros por el fallecimiento de la mujer.

Tras esta comparecencia y teniendo en cuenta que la Fiscalía hispalense considera que los hechos sólo podían ser constitutivos como una falta de imprudencia leve -que aparece tipificada en el artículo 621.2 del Código Penal-, el Ministerio Público ha pedido el sobreseimiento de la causa porque, según la misma norma, este tipo de infracciones no son perseguibles de oficio por parte de la acusación pública. El artículo 621.6 señala a este respecto que estas infracciones de carácter leve, por las que cabría imponer una multa de uno a dos meses, "sólo serán perseguibles mediante denuncia de la persona agraviada o su representante legal".

Y como el hijo de la víctima renunció en la comparecencia a "cualquier tipo de acción, civil o penal, que pudiera corresponderle contra el conductor" del vehículo, la Fiscalía considera que no es posible continuar el procedimiento "al faltar un requisito esencial", en este caso, la denuncia del perjudicado.

El escrito del fiscal concluye finalmente que "al no poder seguir el procedimiento penal, que se dirigiría en su caso contra el conductor del camión como responsable penal y civil, así como contra los que se estimaran responsables civiles directos o subsidiarios, por lo ya expuesto, es ajustado a Derecho decretar el sobreseimiento y archivo de la causa, sin perjuicio de otras consideraciones, ajenas al ámbito penal". La posible responsabilidad municipal por dejar apagado el semáforo hasta la fecha del accidente podría enmarcarse dentro de la posible responsabilidad civil subsidiaria y, en este sentido, una de las primeras diligencias que solicitó el fiscal del caso reclamaba a la juez que incorporara al proceso a la compañía aseguradora de la entidad encargada de la instalación de los grupos semafóricos, además de la asegurada de la empresa para la que trabaja el conductor del camión que causó el trágico desenlace.

Esa responsabilidad también estaría detrás de las manifestaciones del alcalde de Sevilla, Alfredo Sánchez Monteseirín, quien poco después del siniestro se ofreció a pagar una indemnización a los familiares de la víctima, como ya hiciera en otros sucesos como el derrumbe del muro del antiguo Bazar España o del apedreamiento de una niña en El Vacie, aunque en este último caso la familia se ha visto obligada a acudir a los tribunales porque el Ayuntamiento se ha negado a pagar la indemnización que se le reclamó.

La Fiscalía llegó a la conclusión de que el atropello de la funcionaria no podía considerarse como un delito de homicidio imprudente debido a los informes policiales sobre el accidente y al testimonio de los testigos presenciales del accidente, quienes confirmaron que el conductor del camión que atropelló a la mujer el 28 de mayo pasado se detuvo en dos ocasiones ante el paso de cebra de la avenida de Hytasa, donde el semáforo se encontraba apagado desde hacía más de seis meses.

Tras la petición de la Fiscalía hispalense, la juez de Instrucción archivará ahora la causa por el atropello de Hytasa, lo que no implica que el hijo de la fallecida no pueda emprender nuevas acciones contra el Ayuntamiento por el hecho de que el semáforo permaneciera sin funcionar durante los meses previos al atropello de su madre. Es más, en la comparecencia, el heredero de la fallecida ya expuso que se reservaba el derecho a actuar contra el Consistorio hispalense por este motivo.

La vía que tiene abierta el hijo de Consuelo González consiste en exigir, primero en vía administrativa y en caso de que sea rechazada acudiendo a un procedimiento Contencioso-Administrativo en los tribunales, una responsabilidad patrimonial por el funcionamiento anormal del servicio público relacionado con el mantenimiento de los semáforos instalados en la avenida de Hytasa.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios