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Sevilla

El juez suspende cautelarmente el desalojo de La Raza por el posible "daño irreparable"

  • La empresa deberá prestar una fianza de 30.000 euros para evitar a su vez "perjuicios al interés público".

El juez de lo Contencioso-administrativo número 13 de Sevilla, Francisco Javier Sánchez Colinet, ha suspendido cautelarmente, mientras se tramita el procedimiento judicial, el acuerdo del Ayuntamiento de Sevilla que a principios de julio pasado concedió tres meses para el desalojo del La Raza, para evitar el posible “daño irreparable” de la medida para el emblemático establecimiento asentado en el Parque de María Luisa, debido a los compromisos de eventos y celebraciones programados hasta el año 2017 y que pondrían asimismo en riesgo 32 puestos de trabajo. El magistrado, no obstante, ha supeditado la suspensión del desalojo a que La Raza preste una fianza de 30.000 euros para evitar a su vez “perjuicios al interés público”. Esta cantidad podrá consignarse en metálico o mediante un aval bancario de “duración indefinida” o durante la tramitación del proceso y pagadero al “primer requerimiento”, o prestando otra garantía “admisible en Derecho, igualmente eficaz para la protección del interés público”.

En la resolución, el magistrado señala sobre la medida cautelar solicitada que en este caso se ha manifestado por parte de los hosteleros la existencia de un “daño irreparable” de llevarse a efecto el desalojo previsto por el Ayuntamiento, “debiendo declararse al respecto que ciertamente la existencia de una actividad empresarial consolidada, y en curso, con compromisos de celebraciones de eventos, familiares y sociales, a largo plazo, al menos hasta 2017, la extinción o reducción temporal del empleo de al menos 32 trabajadores fijos, junto con la falta de contratación de otros temporales también en importante número, y la falta de cumplimiento de compromisos ya contraídos con los proveedores, aconsejan evitar el daño, de difícil y costosa reparación”.

El magistrado señala que la posible participación en la futura licitación de la concesión administrativa de las instalaciones que ahora ocupa La Raza “no impediría el perjuicio alegado, el cierre de la actividad y la entrega del bien, que es el resultado que la medida cautelar solicitada trata de evitar”.

En el auto, el juez señala que la controversia jurídica que se suscita en este caso, relativa a la existencia de un contrato de arrendamiento versus una concesión administrativa, “el error inicial en la naturaleza de la relación jurídica entablada sobre el entonces kiosco y la repercusión de ellos en el principio de confianza del administrado, son cuestiones que atañen al fondo de la controversia y se han de resolver en el proceso principal”.

Sin embargo, precisa que debe tenerse en cuenta igualmente que tratándose de una situación jurídica que “data de bastante tiempo, consentida o al menos tolerada, no resuelta con un procedimiento de revisión, iniciado en 1985, pero no concluido, no parece que el interés público sufra quebranto por mantener, de modo cautelar, el status quo, mientras se dilucida el recurso”. El destino del bien en cuestión es seguir la actividad de hostelería, prosigue el auto, “si bien en el régimen de concesión administrativa claramente definido, sin que sea óbice para el proceso de licitación convocado que el local continúe abierto, en lugar de permanecer cerrado, como acontecería de ejecutarse el acto, con el consiguiente mantenimiento a cargo de la Administración, con una repercusión en la imagen colectiva del entorno negativa, al ser un lugar tan emblemático como el Parque de María Luisa”.

Pero el magistrado recuerda que la suspensión tiene como presupuesto la defensa del interés público en cumplimiento de lo ordenado, lo que debe protegerse mediante la “oportuna caución” ya que durante la sustanciación del recurso “podría venir la recurrente a peor fortuna, al tiempo que la Administración, que actúa en defensa del interés público, no puede percibir el canon que percibiría por una concesión de un bien de dominio público como el litigioso, más acorde con la realidad del mercado”.

Dice el juez que esa caución no puede coincidir con el canon de concesión al previsto como tipo de salida –que asciende a 153.488,85 euros- porque ello supondría “dar por cierto que ese canon será el que obre en el concurso, que está en fase de determinación inicial y elaboración de pliegos, y que con ese canon habrá puja y concesión, lo que no es seguro”.

Además supondría sufragar en exceso el importe que actualmente sufraga por el uso del bien, que es de 2.375,88 euros al año según expone el Ayuntamiento, y dificultando “dado el elevado importe, el acceso a la justicia cautelar”.

En cualquier caso, el juez precisa que no puede atender a la falta de actualización de la renta que se ha venido abonando, “ni a su exiguo importe en razón de la ubicación del local, sino sólo al eventual perjuicio del interés público por la suspensión de la eficacia del acto mientras se dilucida el proceso, a cuyo efecto no consta acreditada debidamente el trámite actual del concurso público, que se encuentra en fase de estudio y elaboración de pliegos y de determinación del canon”.

Por todo ello, el juez cifra en 30.000 euros la cantidad de dicha fianza, que estima “moderada y suficiente para atender al interés público por la suspensión acordada, y permitir el acceso a la justicia cautelar del recurrente en razón de las circunstancias económicas reflejadas en el informe económico adjunto a la solicitud”.

El acuerdo del gobierno municipal del pasado 8 de julio, en el que emplazó a La Raza al desalojo voluntario en tres meses, desestimó el recurso de reposición presentado por la empresa, que reclamaba que la concesión se extendiera hasta el año 2022, al entender que el pasado 2 de mayo expiró la última prórroga del arrendamiento suscrito en 1972 entre el Ayuntamiento, como titular, y José Rodríguez Cala, como fundador del negocio. Este acuerdo se fue prorrogando desde entonces y al mismo se subrogaron sus descendientes.

Los propietarios del negocio pidieron que se reconozca esa concesión hasta que, al menos, finalice el plazo de los 50 años desde que se inició el contrato. También alertaron del grave perjuicio para los 400 empleados del grupo La Raza.

La empresa viene desarrollando su actividad con un contrato de renta antigua, por el que paga una cantidad que dista mucho del precio de mercado: el Ayuntamiento señaló en su día que percibía 200 euros por el alquiler y al empresa lo eleva a 1.500 euros, al incluir diferentes conceptos. A otros establecimientos les ha ocurrido lo mismo, por cuanto la ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) les ha obligado a renegociar las condiciones o a buscar otras instalaciones.

El gobierno de Juan Ignacio Zoido (PP) decidió a seis meses de las pasadas elecciones locales reconvertir este tipo de contratos en concesiones administrativas y, en el mismo acto, poner fecha de extinción, tal y como acordó en el seno de la junta de gobierno local.

El grupo celebra la medida

En un comunicado, el director del grupo, Pedro Sánchez-Cuerda, ha mostrado su "gran alegría y satisfacción" ante la concesión de las medidas cautelares solicitadas por el grupo La Raza, extremo que "permite garantizar el desarrollo de la actividad en el restaurante La Raza hasta el final del procedimiento judicial en curso, lo que conlleva el mantenimiento de todos los puestos de trabajo y la tranquilidad para todos nuestros trabajadores". "Queremos transmitir un mensaje de tranquilidad para los clientes que ya tenían eventos contratados y para los que deseen hacerlo en el futuro, pues el restaurante está abierto y funcionando con total normalidad, respaldados por las medidas cautelares concedidas, gracias a las cuales la actividad podrá seguir desarrollándose en el restaurante La Raza hasta la sentencia final", señala Sánchez-Cuerda.

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