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Coronavirus

¿Pueden dos personas pasear al perro juntas en la fase 0?

  • La orden ministerial del 2 de mayo permite los paseos de dos adultos juntos si son convivientes

Sacar al perro ha sido una de las pocas actividades permitidas desde el decreto de Estado de Alarma.

Sacar al perro ha sido una de las pocas actividades permitidas desde el decreto de Estado de Alarma.

Desde que se decretara el Estado de Alarma el 14 de marzo a causa de la crisis sanitaria provocada por el coronavirus toda España ha tenido que permanecer confinada sin poder salir de casa salvo para trabajar, hacer la compra o ir a la farmacia, entre otras pocas actividades.

Una de ellas, probablemente la que más memes e historias reales ha protagonizado durante estos casi dos meses ha sido sin duda pasear al perro: animales de peluche, disfraces, incluso alquileres de mascotas se han paseado por Internet a lo largo de muchos días bajo el estigma de que sacar al perro a hacer sus necesidades era el único reducto de libertad hasta que hace dos semanas se tomaron las primeras medidas de ‘alivio’ para los niños.

En realidad nunca se ha permitido, hasta ahora, pasear al perro. El decreto solo autoriza a circular por las vías de uso público para sacarlos a hacer sus necesidades fisiológicas, solamente por el tiempo necesario para ello y en las inmediaciones del domicilio. Si bien es cierto que ha sido una de las pocas ‘puertas’ abiertas para terminar dando un paseo con la excusa de atender al animal, no ha sido hasta el pasado día 2 de mayo cuando se ha podido realmente pasear a una mascota.

De hecho, la orden del Ministerio de Sanidad que entró en vigor en el puente del Día del Trabajo, y que también permitía la realización de actividades deportivas y el paseo de mayores en unas determinadas franjas horarias, da la posibilidad de salir a la calle en pareja (siempre que convivan en el mismo domilicio) y efectivamente pueden ir compañados de su perro. Esta autorización, además, no sustituye el permiso para sacarlo a hacer sus necesidades fisiológicas, sino que es complementaria.

También es posible sacar al perro mientras se realiza alguna práctica deportiva (por ejemplo el running), o hacerlo en la hora de paseo que se permite con niños (un solo adulto con hasta tres menores de 14 años). En el caso del deporte, el límite geográfico es el municipio en el que se viva, y en el de los adultos y niños se podrá a lo largo de un kilómetro a la redonda desde el domicilio.

En cualquier caso, tal y como recoge la Orden de Ministerio, estas salidas se realizarán una vez al día. Los horarios para cada actividad están también delimitados en la orden ministerial: para la práctica deportiva se habilitan las franjas de 6 a 10 de la mañana y de 20 a 23 horas (deben realizarse de manera individual); los paseos para adultos con niños se podrán realizar de 12 a 19 horas, aunque ya se están estudiando otras posibilidades en zonas geográficas con especial incidencia del calor. Para las personas dependientes y mayores las franjas son de 10 a 12 y de 19 a 20 horas.

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