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Sociedad

Una nueva ley facilitará la acogida de menores para que no ingresen en centros

  • El anteproyecto de Ley de Protección de la Infancia procurará que los niños de hasta tres años no tengan que vivir bajo tutela pública salvo que esté "muy justificado" y permite la adopción de mayores de edad

El Gobierno quiere evitar que los menores de seis años en situación de desamparo ingresen en centros de protección para lo que facilitará y agilizará los trámites para que sean acogidos por familias. Es más, los niños de tres años no ingresarán en los centros de protección "salvo que exista imposibilidad muy justificada", detalla el anteproyecto de Ley de Protección de la Infancia presentado ayer por el Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad.

El texto, que recibió el visto bueno del Ejecutivo, permite también la adopción de mayores de 18 años en situación de acogida familiar o convivencia estable y regula los centros para menores con trastornos de conducta.

Además, acorta y simplifica los procedimientos judiciales, y amplía la intervención del Ministerio Fiscal como garante de los derechos de la infancia, informó ayer el Gobierno.

Respecto al acogimiento familiar, el anteproyecto de Ley suprime la custodia provisional y el periodo preadoptivo, con el objetivo de simplificar y acortar los procedimientos.

Así, el periodo previo establecido para la presentación de la propuesta de adopción ante el juez pasa de un año a tres meses, precisó la referencia del Consejo de Ministros.

La reforma también permite que las entidades públicas atribuyan funciones de tutela a acogedores permanentes para dotar de más autonomía a la familia acogedora, que también tendrá un régimen de derechos y deberes estipulados.

En cuanto a los mayores de 18 años, podrán ser adoptados siempre y cuando estén en situación de acogida familiar o convivencia estable (normalmente con un familiar), para ello se elimina la condición de que el menor hubiera sido acogido antes de cumplir los 14 años.

El anteproyecto también presta especial atención a la prevención de abandono de los menores mejorando la regulación de las actuaciones, desarrollando nuevos mecanismos para actuar ante situaciones de riesgo y mediante programas que permitan mantener a los niños y niñas en su entorno familiar.

Además establece que los menores con discapacidad también tendrán derecho a ser oídos, y regula la exigencia de estándares de calidad para cada tipo de servicio de protección a la infancia: centros, hogares funcionales, etcétera.

En cuanto a los trámites, la nueva normativa "racionaliza, acorta y simplifica" los procedimientos judiciales al establecer, por ejemplo, que todos los procedimientos contra las resoluciones administrativas referentes a cada menor se acumulen en el mismo Juzgado.

Además, se imposibilita la ejecución provisional de sentencias que se dicten en primera instancia para evitar constantes cambios de situaciones y residencia del menor.

Finalmente, en cuanto a los centros para menores con trastorno de conducta, la norma establece una serie de garantías sobre el uso de medidas de contención y restricción de libertad; limitación en la administración de medicamentos e intensificación de la actuación de los servicios de inspección y supervisión.

El anteproyecto de ley "sigue fielmente" las recomendaciones elaboradas por una comisión especial del Senado que en los últimos dos años ha analizado los problemas de la adopción nacional y otros temas afines.

Para su elaboración, también se han tenido en cuenta las aportaciones de las comunidades autónomas, el Defensor de Pueblo, la Fiscalía General del Estado, Comité de Derechos del Niño, expertos y organizaciones de defensa de la infancia.

La nueva norma implica la reforma del Código Civil, de la Ley de Enjuiciamiento Civil y de la Ley de Protección Jurídica del Menor, y unifica los procedimientos y normativas para todas las comunidades autónomas.

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