Sevilla

La regulación del catastro subirá este año 200 euros algunos recibos del IBI

  • El procedimiento parte de Hacienda y se aplicará en el segundo semestre como pidió el anterior alcalde. La cuota no se incluiría en la misma del impuesto que Espadas anunció que congelará.

El Ayuntamiento de Sevilla solicitó el año pasado una regulación del catastro, un procedimiento que lleva a cabo el Ministerio de Hacienda y cuyo objetivo es actualizar ese registro de bienes inmuebles, que puede haber sido alterado con nuevas edificaciones construidas legalmente pero no declaradas, como marca la ley. Es el caso de buhardillas, piscinas o patios convertidos en salones, por ejemplo, que los inspectores detectan con fotografías aéreas. Para evitar fraudes y desajustes, el Gobierno central está aplicando esta regulación conocida también como amnistía catastral, pues permite a quienes infringen la ley regularizar la situación de sus inmuebles sin multa alguna. Esta medida se puso en marcha en 2013, concluirá en 2016 y se traducirá en Sevilla capital en un aumento de los tributos para unos 7.000 inmuebles, según las estimaciones realizadas por la Dirección General del Catastro.

El procedimiento se realiza de oficio, pues los propietarios no pueden actuar por libre, y una vez que se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) son los ayuntamientos quienes solicitan el plazo en el que desean que se aplique. Así, el entonces alcalde de Sevilla, Juan Ignacio Zoido, pidió por carta en febrero de 2014 que se llevara a cabo durante el segundo semestre de 2015. En un periodo que ya quedaría fuera del año electoral, poco recomendable para adoptar medidas que pueden originar polémica. No en vano, esta regulación implicará un desembolso para el bolsillo de muchos sevillanos estimado, según comentan fuentes municipales basándose en los cálculos del propio catastro, en una media de 200 euros al año, montante en el que se verá incrementada la factura del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). A ello hay que sumar también el pago de una tasa al Ministerio de Hacienda de 60 euros que deberán abonar los propietarios de aquellos inmuebles que sean objeto de la regulación.

Según explicaron fuentes municipales, esta liquidación no se aplicaría junto a la cuota del IBI este año de manera inmediata, pues hay plazos de alegaciones para los afectados que pueden demorar el cobro más allá del periodo estipulado por el Ayuntamiento de Sevilla para el pago de este tributo. Aunque, una vez que se resuelva, se cargará de forma automática y como concepto de impuesto de 2015.

La medida no es una decisión propia del Ayuntamiento de Sevilla, pero se produce en un año en el que el actual alcalde, Juan Espadas, ha anunciado ya que el IBI no subirá para las familias, sólo para las grandes empresas, según se ha aclarado en los últimos días. En concreto, el alcalde adelantó la congelación del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) para todos los inmuebles de uso residencial en 2016, reduciendo en su caso el tipo efectivo aplicado este año para absorber una posible actualización por la Ley de Presupuestos del Estado del valor catastral de los inmuebles en la ciudad. Espadas explicó que la ley le permite aprobar un tipo impositivo diferenciado del general para inmuebles de uso distinto al residencial que representen, para cada uso, el 10% de los valores catastrales más altos. Así, se realizarán los ajustes necesarios, jugando con los coeficientes, para hacer efectiva esa congelación. Y, por ello, desde el gobierno municipal se insiste en separar la cuota del IBI de las liquidaciones que deberán abonar este año cientos de sevillanos por la citada revisión del catastro.

Lo cierto es que esta medida, si bien afecta a sólo una parte de los inmuebles, supondrá a la larga una subida de la base imponible del IBI, el impuesto municipal que más ingresos aportar a las arcas municipales, más del 40% .En definitiva, esta regularización permitirá a los ayuntamientos recaudar más, ya que se incrementa el valor de la construcción, al detectar más metros de los que figuran en el actual recibo del IBI.

Según explican los expertos en temas tributarios, este cambio también modifica la imputación de rentas en el IRPF de las viviendas no habituales, ya que los contribuyentes tributan entre el 1% y el 2,1% del valor catastral de estos inmuebles que ahora se eleva. También afecta al pago del impuesto sobre plusvalías (Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana) que está vinculado al valor catastral y que se aplica cuando se produce la venta de una propiedad.

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