Sanidad

Derecho a la muerte

  • El razonamiento y la reflexión nos concierne a todos, pacientes y médicos, para tratar de evitar el sufrimiento inútil.

ANA MARÍA CASAS FERNÁNDEZ

DE TEJERINA

Doctora en Medicina. Oncóloga

La muerte es un hecho consustancial a la vida, una certidumbre. El hombre es el único ser vivo que sabe que tarde o temprano va a morir pero la muerte a pesar de su inminencia, se entiende casi siempre para la próxima vez o para los demás. Ante la muerte, las reacciones humanas son diferentes como son diferentes las culturas. La muerte, como último episodio de la vida, el final de la existencia, genera mucho temor. Una de las cosas que más nos importan de la muerte propia es saber que no vamos a sufrir. Afortunadamente los avances tecnológicos para aliviar el dolor y otros síntomas permiten en el momento actual finalizar la vida con menor sufrimiento.

El desarrollo de la ciencia biomédica, el bienestar, las crecientes expectativas de vida de nuestra sociedad actual y la obsesión por la salud nos llevan en la práctica, de una forma carente de sensatez, a la negación del dolor y la muerte. Pero la Medicina tiene unos límites y no lo cura todo, en lo más fundamental es impotente. Por eso cuando la muerte nos alcanza hay que pararse y esperar. El papel de la Medicina ahí es mitigar el sufrimiento. Uno de los peligros de los avances tecnológicos aplicados en la fase final de la enfermedad, en algunos casos, pueden contribuir a fraguar parte del sufrimiento innecesario en ese momento. ¿Dónde está el límite del esfuerzo terapéutico? ¿Cuándo es conveniente rechazar las medidas agresivas o desproporcionadas? El razonamiento y la reflexión sobre estos puntos nos concierne a todos, pacientes y médicos, para tratar de evitar el sufrimiento inútil. También para tratar de entender la importancia de las decisiones personales ante una cuestión moral decisiva en la vida de cada uno como es la propia muerte. Casos tan recientes como el de Inmaculada Echevarria, el de la niña inglesa Hanna Jones o el de la italiana Eluana Englano en los que Tribunales de Justicia y Administración Sanitaria, en diferentes países de nuestro entorno, han intervenido para tomar decisiones a favor y en contra del cese de medidas extraordinarias, nos recuerdan la falta general de un consenso social en torno al proceso de morir y las implicaciones jurídicas más allá, en ocasiones, de las decisiones personales.

¿Cómo garantizar el respeto a las creencias y el derecho de cada persona, el ejercicio correcto de la Medicina, los contenidos y límites del morir en paz y evitar los abusos en uno y otro sentido? Las decisiones clínicas al final de la vida se sitúan en 5 entornos relevantes: eutanasia y suicidio asistido, limitación del esfuerzo terapéutico, rechazo de tratamiento, sedación paliativa y suspensión de la atención médica por fallecimiento.

En los últimos tiempos se ha polemizado bastante sobre la "muerte digna" sin estar totalmente aclarado el concepto y atribuyéndole distintas connotaciones, entre ellas la de eutanasia, con juicios contrapuestos. Para los que proponen el término, muerte digna es la muerte con los remedios médicos y paliativos adecuados para aliviar los síntomas, con todos los consuelos humanos posibles y en el lugar que se nos permita elegir según las circunstancias particulares. Es lo que todos deseamos para nosotros mismos, morir en paz, término que probablemente genera menos polémica.

El final de la vida de cada persona y la toma de decisiones clínicas adecuadas debe hacerse en un marco de decisiones compartidas a lo largo de toda la enfermedad, en un marco general de Consentimiento Informado en el que la autonomía, el derecho del paciente a saber o no y su voluntad adquieren el rango máximo. La Legislación actual, Ley 14/1986 General de Sanidad y Ley 41/2002 reguladora de la Autonomía del Paciente garantizan el derecho a la información sanitaria como base del derecho del paciente a intervenir en las decisiones relacionadas con su problema de salud. Ambas Leyes apoyan el Testamento Vital como forma extrema de Consentimiento Informado que subraya la libre voluntad del paciente para enfrentar la enfermedad del modo que considere oportuno y cuya finalidad principal es evitar el encarnizamiento terapéutico (limitación del esfuerzo terapéutico). Las CC AA han promulgado sus propias Leyes en este sentido (Ley 5/2003, de declaración de voluntad vital anticipada, en Andalucía) y por Real Decreto, 124/2007 se ha regulado un Registro Nacional de Instrucciones Previas.

El pasado mes de septiembre la Consejería de Salud presentó el Anteproyecto de Ley de derechos y garantías de la dignidad de la persona en el proceso de la muerte más conocido como Ley de Muerte Digna que ha provocado una gran polémica en amplios sectores profesionales y el rechazo de la Organización Médica Colegial por considerar que establece confusión en la ciudadanía y ser innecesaria ya que existe regulación suficiente. Dicha Ley establece los derechos que asisten a las personas en el proceso de la muerte, los deberes del personal sanitario y las garantías jurídicas que respaldan a unos y a otros, con un régimen sancionador. Las demás CC AA no se han planteado una regulación de la muerte digna en este sentido y el Gobierno descarta generalizar la medida al no considerar que sea una demanda mayoritaria de la sociedad. Por su parte, la Consejería de Salud de la Junta de Andalucía se ha comprometido a revisar el régimen sancionador previsto en el Anteproyecto de Ley.

Hoy nadie duda que el desarrollo adecuado de los Cuidados Continuos a lo largo del proceso de la enfermedad es un factor clave para entender las preferencias del paciente llegado el trance final y que la dotación de recursos, la formación continuada y la mejora de las técnicas en Cuidados Paliativos por parte de los profesionales son los mejores instrumentos para aliviar el sufrimiento asociado a la muerte. Favorecer la comunicación, proporcionar información veraz al paciente para que pueda tomar sus propias decisiones, potenciar la confianza en el médico a lo largo de la evolución de la enfermedad, conocer lo que el paciente quiere que se haga al final de su vida son algunas de las medidas que debemos potenciar. Los profesionales necesitamos un fuerte equilibrio entre la sensibilidad, para hacernos con la realidad de la muerte que envuelve al enfermo, y la independencia de criterio para no caer en el paternalismo y en la depresión. No podemos sustraernos a los problemas de la vida y de la muerte así que tomar postura para no prolongar un sufrimiento inútil es uno de los requisitos de nuestra profesión, respetando siempre las creencias del paciente y sus necesidades espirituales.

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