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La Junta recurre la orden de la juez de los ERE sobre los consejos de Gobierno por un trámite
La Junta recurre la orden de la juez de los ERE sobre los consejos de Gobierno por un trámite
El letrado critica que ir a ratificar su negativa a entregar las actas es un procedimiento que no está en la ley
R. A. / Sevilla | Actualizado 26.04.2011 - 08:24El conflicto de la Junta de Andalucía con la juez encargada de los ERE sumó ayer un episodio más al conocerse que el letrado de los servicios jurídicos de la Administración ha recurrido la convocatoria por la que la Junta tuvo que ratificar su negativa a entregar las actas de los consejos de Gobierno de los últimos diez años. Este asunto se encuentra a la espera de la resolución del Tribunal Supremo, que decidirá si la juez puede tener acceso a ellas. Mientras tanto, las actas, selladas, se encuentran bajo custodia de la juez en un armario acorazado.
La Junta, informó Efe, entiende que la magistrada "incluyó un nuevo trámite" no contemplado en la Ley Orgánica de Conflictos Jurisdiccionales, al convocar personalmente en su despacho al letrado de la Junta para que ratificara su negativa a entregar todas las actas desde 2001. Este trámite, "es ajeno y contrario a la propia lógica y naturaleza de los conflictos jurisdiccionales". La ley -añade el escrito presentado ante la Audiencia Provincial- "se cuida muy mucho de establecer una especie de fase de admisión que pudiera hacer depender de una de las partes en conflicto la efectividad del mismo y su propia continuación". Por ello, entiende que la juez no tenía que haber convocado a la Junta sino "seguir fiel y exactamente las prescripciones de la ley", esto es, dejar constancia del conflicto de jurisdicción, dar audiencia a las partes y al fiscal y no "dilatar su puesta en conocimiento de las partes o establecer nuevos requerimientos no previstos en la ley".
Más dura es la crítica respecto a otra cuestión formal: el hecho de que la juez dictase su resolución en forma de providencia y no de auto, lo que habría permitido a las partes recurrirlo.
La Junta, informó Efe, entiende que la magistrada "incluyó un nuevo trámite" no contemplado en la Ley Orgánica de Conflictos Jurisdiccionales, al convocar personalmente en su despacho al letrado de la Junta para que ratificara su negativa a entregar todas las actas desde 2001. Este trámite, "es ajeno y contrario a la propia lógica y naturaleza de los conflictos jurisdiccionales". La ley -añade el escrito presentado ante la Audiencia Provincial- "se cuida muy mucho de establecer una especie de fase de admisión que pudiera hacer depender de una de las partes en conflicto la efectividad del mismo y su propia continuación". Por ello, entiende que la juez no tenía que haber convocado a la Junta sino "seguir fiel y exactamente las prescripciones de la ley", esto es, dejar constancia del conflicto de jurisdicción, dar audiencia a las partes y al fiscal y no "dilatar su puesta en conocimiento de las partes o establecer nuevos requerimientos no previstos en la ley".
Más dura es la crítica respecto a otra cuestión formal: el hecho de que la juez dictase su resolución en forma de providencia y no de auto, lo que habría permitido a las partes recurrirlo.
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