Sevilla

No más suelo irregular en aceras y zonas peatonales

  • La nueva norma prohíbe las aceras con resaltes, que abundan en las calles de la barriada de San Luis que se reurbanizaron en 1998. Lo mismo sucede con los pavimentos de pizarra de la Campana, el Duque y Laraña.

El 25 de agosto entra en vigor, seis meses después de su publicación, la ordenanza de accesibilidad por la que el Ayuntamiento se obliga a convertir Sevilla en una ciudad cómoda y accesible al peatón y a las personas con movilidad reducida. Se aprobó a finales de noviembre de 2013, se publicó en el BOP el 25 de febrero de 2014 pero es ahora cuando se aplica.

Como novedad, se prohíben los pavimentos irregulares con resaltes y rebordes en las aceras y zonas de paso peatonal en las obras que se aprueben a partir de ahora, y es obligado ponerlos de superficie plana, como marca la legislación estatal y autonómica. Sin embargo, las reformas que se ejecutan estos días en las calles San Luis y Alfonso XII quedan fuera de esta obligación al aprobarse antes de la entrada en vigor de la norma.

Hay decenas de calles del centro histórico de Sevilla donde abunda este pavimento irregular que perjudica el paseo de peatones y complica la circulación de las personas en sillas de ruedas. Para este caso el gobierno de Zoido establece su corrección a partir del 4 de diciembre de 2017, una responsabilidad que recaerá en el próximo gobierno que salga de las urnas de las elecciones municipales de mayo de 2015. La norma aclara que estas correcciones de obras ya hechas son de aspectos "susceptibles de ajustes razonables, mediante modificaciones y adaptaciones que sean necesarias y adecuadas y que no impongan una carga desproporcionada".

Los ejemplos de pavimento con resalte y rebordes excesivos pueden verse en aceras y zonas peatonales de todas las calles interiores que se reformaron en 1998 con el plan de rehabilitación de San Luis y que llegan hasta el límite de la calle Feria. Es el caso de San Blas, Inocentes, Divina Pastora, González Cuadrado y un largo etcétera. Igualmente en el tramo final de la calle Feria a la altura de la iglesia de Montesión y en las calles de alrededor (Almirante Espinosa, Churruca, etcétera). Este estilo de reurbanización se hizo en el mandato de Soledad Becerril con la Gerencia de Urbanismo en manos del PA.

Las aceras de pizarra son otro ejemplo de pavimento con resaltes y rebordes que prohíbe la ordenanza y que se usó en exceso en los años del PA al frente de Urbanismo. Aún pueden verse en aceras del entorno del Duque y de la Campana y las que van de la calle Laraña a la Encarnación.

La ordenanza obliga a garantizar itinerarios peatonales accesibles donde el paso sea "de forma autónoma, continua y en condiciones de seguridad de todas las personas". Y con el pavimento que marca la normativa estatal y autonómica: sin "escalones aislados ni resaltes, firmemente fijados y ejecutados de tal forma que no presenten elementos sueltos y sin rebordes entre las distintas piezas".

Aparte del pavimento, las aceras y zonas de paso peatonal deben estar libres de todo tipo de obstáculos en un ancho mínimo de 1,80 metros y en una altura no inferior a 2,20 metros. Excepcionalmente se permiten aceras de 1,50 metros en las condiciones que marca la normativa autonómica. Y si esta medida no puede cumplirse, es obligado a poner la acera y la calzada al mismo nivel en una plataforma única de uso mixto para peatones y coches, con la condición de que "quede indicada la prioridad peatonal" y "diferenciado en el pavimento la zona preferente de peatones". Si no puede diferenciarse zona para vehículos se pondrá pavimento con un tratamiento superficial acorde al tránsito peatonal.

El Ayuntamiento se obliga a recolocar paulatinamente todos los elementos del mobiliario urbano y la señalización que interfieran o invadan el tránsito peatonal a la entrada en vigor de la ordenanza.

Respecto a las bicicletas, los aparcamientos de bicis (de alquiler y privadas) deben situarse siempre fuera del itinerario peatonal, algo que se incumple en algunos casos como en la plaza de la calle Regina que desemboca en la Encarnación. Los semáforos, alumbrado público y señalización deben colocarse fuera del itinerario peatonal accesible y, cuando no se pueda, se colocará "adosado a la fachada y sus elementos salientes estarán a una altura superior a 2,20 metros". Lo mismo para los contenedores de residuos.

En los carriles bici, la ordenanza permite su uso a personas con movilidad reducida que se desplacen en silla de ruedas o vehículo scooter. El carril debe tener señalización que advierta a los usuarios de sillas de las características del carril que puedan suponerles peligro o impedimento. Un pavimento de 40 centímetros de ancho separará vía ciclista del itinerario peatonal si éste es colindante y está a la misma cota, para diferenciar los pasos de bicis en calzada contiguos de los pasos peatonales.

El Ayuntamiento está obligado a reservar una partida presupuestaria específica para atender la inversión directa en vías y espacios públicos urbanos, y a exigir en procesos de contratación, convenios, concursos y subvenciones que las empresas cumplan estas normas de accesibilidad universal.

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