Sevilla

El TSJA ve un posible "delito" en la readmisión de Castaño en DeSevilla

  • Confirma la sentencia anterior que declaró procedente su salida de la entidad.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha apreciado un posible “delito” en la readmisión en la Fundación para la Formación, Innovación y Cooperación de Sevilla (DeSevilla) del que fuera asesor del grupo Socialista Domingo Enrique Castaño, en una sentencia en la que ha confirmado la decisión del juez de lo Social número 7 de Sevilla que en junio de 2013 declaró procedente dicho despido porque su salida de la entidad no se debió a motivos políticos ni ideológicos.

El TSJA argumenta ahora que el ex alcalde Alfredo Sánchez Monteseirín, entonces presidente de la Fundación, solicitó al gerente el 26 de mayo de 2011 que tramitase la incorporación de Domingo Enrique Castaño a partir del 1 de junio, adscribiéndolo a la asesoría jurídica, con la categoría del grupo III en el convenio colectivo y con un salario anual de 35.000 euros. Sólo unos días después, en concreto el 3 de junio, la Fundación solicitó de la delegación provincial de Empleo la autorización de un ERE para la extinción de 12 de los 22 trabajadores de la Fundación, conforme a un acuerdo del 2 de junio de 2011 con la representación de los trabajadores y que culminaba el periodo de negociaciones que se había iniciado el 23 de mayo.

Analizados estos hechos, los magistrados del TSJA considera que cabe inferir de los mismos “un hacer que podría ser constitutivo de delito” y, en este sentido, señala que así se desprende de un informe del secretario del patronato de la fundación “en el que consideraba que el actor [en alusión a Castaño] inició el disfrute de excedencia el 16 de septiembre de 2007, que le fue tácitamente concedida y que permanecía en ella” cuando en fechas anteriores la misma fundación había denegado el reingreso. Esto “supuso o que hubo un despido o que se negaba toda relación laboral con la misma, sin que el actor hubiera accionado y sin embargo se le reconoce por la Fundación, previo informe de su secretario, que estaba en excedencia ‘tácita’ –figura inexistente en el ordenamiento jurídico-“ y pocos días después se inicia el ERE de la Fundación cuando “ocho días antes” el presidente de la fundación, Alfredo Sánchez Monteseirín, ordenó la incorporación de Castaño a la fundación, dando cumplimiento el gerente a esta orden. Una vez liquidada la Fundación, Castaño fue despedido obteniendo la indemnización por despido objetivo.

El Alto Tribunal ha confirmado íntegramente la sentencia del juez de lo Social número 7 de Sevilla, que consideró procedente el despido del colaborador del anterior alcalde, al entender que el mismo se debió a la "grave crisis económica de la Fundación y el cese de su actividad", que motivaron no sólo el despido de Castaño, sino también del resto de los trabajadores, "lo que excluye el móvil ideológico en su despido".

El juez descartó en su día que la salida del ex asesor de Monteseirín guarde relación con su adscripción ideológica porque, insistió, "constan suficientes elementos de prueba sobre la nefasta situación económica de la Fundación y la decisión de la misma de proceder por tal causa a su disolución, de suerte que fue precisamente la corporación municipal del propio partido político del actor la que el 9 de junio de 2011, cuatro escasos meses antes del despido, la que puso de manifiesto que la Fundación estaba abocada al cese de su actividad y al despido de sus trabajadores".

Las causas del despido, tanto productivas como económica, están  para los jueces suficientemente probadas y devienen de la "sucesiva acumulación de pérdidas, ejercicio tras ejercicio, y la ausencia de proyectos a ejecutar".

La deuda de la Fundación DeSevilla en septiembre de 2011 ascendía a 1,4 millones de euros, por lo que un informe del interventor general del Ayuntamiento concluyó que para la viabilidad de la Fundación sólo había dos alternativas: aportar a su patrimonio por el Ayuntamiento 1.552.627 euros o proceder a su liquidación.

El 5 de septiembre de 2011, el gerente de la Fundación emitió un informe en el que ponía de manifiesto que debía procederse a la liquidación y a la extinción de todos los contratos de trabajo por causa económica y productiva. Domingo Enrique Castaño fue despedido el 5 de octubre de 2011 junto a otros tres trabajadores y sólo permaneció unos meses más una trabajadora que se hallaba de baja por maternidad.

Una prueba de la pésima situación de la Fundación es que el 5 de octubre de 2011 DeSevilla tenía en sus cuentas bancarias únicamente 14,43 euros. La primera sentencia señalaba que en la carta de despido que se entregó en su día a Domingo Enrique Castaño, la Fundación alegó tanto las causas económicas como las productivas, ante el descenso de programas y proyectos y que abocaban a la disolución.

La defensa había alegado en el juicio que el despido fue una "persecución y una represalia" política a Domingo Enrique Castaño. Contra la sentencia del TSJA cabe aún recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

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