Sevilla

El juez archiva la causa contra Monteseirín por la contratación de Castaño en la Fundación DeSevilla

  • El sobreseimiento fue solicitado por la Fiscalía, que no aprecia tráfico de influencias ni prevaricación en la conducta del ex alcalde.

El juez de Instrucción número 14 ha acordado archivar la causa abierta contra el ex alcalde de Sevilla Alfredo Sánchez Monteseirín, que estaba siendo investigado por delitos de tráfico de influencias y prevaricación. El archivo se produce a solicitud de la Fiscalía de Sevilla, única parte personada en el procedimiento como acusación, al entender que no se han encontrado hechos que pudieran ser constitutivos de ninguna infracción penal.

El procedimiento seguido en este juzgado se abrió en febrero del año pasado por un testimonio de la sentencia remitida por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), al apreciar irregularidades en el reingreso de su estrecho colaborador y ex asesor de grupo municipal del PSOE Domingo Enrique Castaño en la Fundación para la Formación, Innovación y Cooperación de Sevilla (DeSevilla).

 

La apertura de esta causa se produjo a raíz de una providencia dictada por la Sala de lo Social del TSJA, que remitió al juzgado de Guardia de Sevilla testimonio de la sentencia dictada en diciembre de 2014 -en la que se desestimó un recurso de Castaño que reclama una mayor indemnización tras su despido-, dado que a juicio de los magistrados del tribunal andaluz los hechos relatados pueden ser constitutivos de esos delitos. La providencia señala, en concreto, que de los mismos serían "presuntos autores", entre otros, Alfredo Sánchez Monteseirín, Domingo Enrique Castaño y el secretario del patronato de la Fundación en diciembre de 2010.

La Fundación DeSevilla había solicitado, antes del cambio de gobierno –cuando gobernaba Juan Ignacio Zoido (PP)- en varias ocasiones la imputación de Monteseirín en otro juzgado, el de Instrucción número 16, que investiga las irregularidades relacionadas con las ayudas concedidas por el Ayuntamiento y la gestión de los anteriores gestores.

No es la primera vez que DeSevilla intentó que se impute en este procedimiento al ex alcalde socialista, algo que en mayo de 2014 ya rechazó este mismo juez en una providencia en la que asumió la tesis de la Fiscalía. El fiscal se opuso a la imputación al entender que actualmente no se deducen indicios contra el anterior regidor o contra los patronos, a pesar de la declaración del interventor del Ayuntamiento y del atestado de la Guardia Civil que apuntaba a la posible existencia de un delito por parte de Monteseirín y de los patronos porque conocían la situación económica de la Fundación y "no tomaron medidas" para solucionarla.

La nueva petición de implicar a Monteseirín en la causa judicial se produce después de que el TSJA haya apreciado un posible delito en la reincoporación de Castaño y, en principio, no guarda relación con la investigación que desde el año 2012 lleva a cabo el juzgado número 16. El Alto Tribunal andaluz argumenta en la sentencia que el 26 de mayo de 2011 Alfredo Sánchez Monteseirín, entonces presidente de la Fundación, solicitó al gerente que tramitase la incorporación de Castaño a partir del 1 de junio, adscribiéndolo a la asesoría jurídica, con la categoría del grupo III en el convenio colectivo y con un salario anual de 35.000 euros.

Sólo unos días después, el 3 de junio, la Fundación solicitó de la Delegación provincial de Empleo la autorización de un ERE para la extinción de 12 de los 22 trabajadores de la Fundación, conforme a un acuerdo del 2 de junio de 2011 con la representación de los trabajadores y que culminaba el periodo de negociaciones que se había iniciado el 23 de mayo.

Analizados estos hechos, los magistrados del TSJA consideraron que cabe inferir de los mismos "un hacer que podría ser constitutivo de delito" y, en este sentido, señalaron que así se desprende de un informe del secretario del patronato de la fundación "en el que consideraba que el actor [en alusión a Castaño] inició el disfrute de excedencia el 16 de septiembre de 2007, que le fue tácitamente concedida y que permanecía en ella" cuando en fechas anteriores la misma fundación había denegado el reingreso. Esto "supuso o que hubo un despido o que se negaba toda relación laboral con la misma", sin que el actor hubiera reaccionado, y sin embargo "se le reconoce por la Fundación, previo informe de su secretario, que estaba en excedencia 'tácita' -figura inexistente en el ordenamiento jurídico-" y pocos días después se inicia el ERE cuando "ocho días antes" Monteseirín ordenó la incorporación de Castaño a la Fundación, dando cumplimiento a esta orden el gerente. Una vez liquidada la Fundación, Castaño fue despedido obteniendo la indemnización por despido objetivo.

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