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Sevilla

Condena de dos meses para un guardia civil por sustraer dos equipos de etilómetros

  • La Audiencia ve un delito de malversación de caudales públicos tras ser sorprendido saliendo del cuartel con el material

La Audiencia de Sevilla ha condenado a un agente de la Guardia Civil a dos meses de prisión, que han sido sustituidos por una multa de 240 euros, como autor de un delito de malversación de caudales públicos, después de que fuese sorprendido saliendo del cuartel con dos etilómetros y un radioteléfono portátil propiedad del Cuerpo.

La sentencia declara como hechos probados que el 17 de abril de 2005 el agente M. A. G., de 57 años, finalizó su servicio en el destacamento de Utrera a las 14:30 y unos minutos después se dirigió a la habitación donde se encontraban los etilómetros digitales que la Guardia Civil utiliza para hacer los controles de alcoholemia a los ciudadanos y cogió dos de estos aparatos "con la finalidad de hacerlos suyos". A continuación, el guardia fue a su taquilla y envolvió los etilómetros en un pantalón y un jersey. Después se trasladó a la zona del garaje y, con la misma finalidad, se apoderó de un radioteléfono portátil que estaba dentro de un vehículo oficial de la Guardia Civil. El agente envolvió el radioteléfono con los etilómetros y se fue hasta su vehículo particular, "con la idea de abandonar" el cuartel, momento en el que fue interceptado por el jefe del destacamento, "quien tuvo que requerirle en varias ocasiones la devolución del material, algo que terminó haciendo el imputado, si bien de forma escalonada", precisa la sentencia de la Audiencia. El material sustraído alcanza un valor de 1.159,23 euros y no sufrió ningún daño.

El juicio iba a tener lugar ante un jurado popular, pero antes de que se celebrara la vista oral, la Fiscalía y la acusación particular, que ejerció la Dirección General de la Guardia Civil, llegaron a un acuerdo con la defensa del acusado, una vez que éste reconoció los hechos y aceptó la condena por un delito de malversación de caudales públicos.

La Fiscalía y la acusación particular aceptaron una rebaja de su peticiones iniciales, al apreciar en al conducta del guardia procesado una circunstancia atenuante por la reparación del daño causado, según contempla el artículo 21.5 del Código Penal. La condena impuesta al agente es de dos meses de prisión, que el juez ha sustituido por una multa de cuatro meses con una cuota diaria de dos euros, lo que supone una sanción de 240 euros. El guardia civil deberá pagar una multa de 40 euros y las costas procesales, incluidas las causadas por la intervención de la Dirección General de la Guardia Civil como acusación particular en el proceso.

Por último, la sentencia le impone una suspensión de empleo público durante tres meses.

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