La tribuna

antonio Ojeda Avilés

Los ERE y su configuración penal

EL lento deambular de la instrucción de los ERE de Andalucía ha tenido su última escaramuza en el auto de la Audiencia de Sevilla del pasado día 13 sobre la preimputación a los ex presidentes Chaves y Griñán. El fervor mediático con que se sigue la causa en toda España hace hincapié en la larga duración de las ayudas de la Junta a las prejubilaciones de trabajadores, a su amplia cuantía, a la presencia de "intrusos", y a las elevadas comisiones de asesores y mediadores. Pero el fondo del asunto se encuentra, como es bien sabido, en las transferencias de financiación a la Agencia IDEA a través de la partida 440, lo que se entiende por la juez instructora como delictivo en sí mismo, al tener la finalidad de eludir el cumplimiento de la Ley de Subvenciones.

Lo más llamativo del auto de la Audiencia consiste en que reprocha de forma elegante el estar basada dicha preimputación "en una construcción sugerente, que no explícita, de la ilicitud penal de la actuación". Y en efecto, la instrucción hace tiempo que intenta penetrar en lo que antes se llamaban actos políticos o de gobierno, con el propósito, no de achacar a los más altos cargos una culpa in vigilando, sino de dolo pleno o intencionalidad en la omisión.

Entramos así en un debate de más alto fuste, el de si la presunción de inocencia se encuentra debidamente garantizada en la fase instructora de un presuntos delito, siendo así que debe buscar todos los posibles indicios de culpabilidad con los que después operará el tribunal que resuelva.

Sin embargo, el debate está convirtiendo a los ERE y a lo que les ha acompañado en Andalucía en un asunto criminal sin más, olvidando los matices sustantivos del Derecho del Trabajo que explican muchas de las actitudes de los organismos de la Junta.

Las subvenciones públicas a la prejubilación de trabajadores en las crisis de empresas tienen una larga trayectoria, nada menos que desde los años 70, cuando la crisis mundial obliga al cierre de miles de empresas, principalmente catalanas y vascas, a cerrar o reconvertirse. En aquellas reconversiones industriales nos gastamos muchísimo dinero -algo que olvidan los catalanes- y nadie pretendió desacreditarlas. Luego, la concertación social permitió la continuidad de las subvenciones más allá de la última Ley de Reconversiones de 1984. Andalucía, como la región más beneficiada por las Fondos Europeos, avanzó más que ninguna de las regiones en la labor de suavizar el drama de las empresas en crisis.

Creo que el meollo de la cuestión, desde el punto de vista laboral, se hallaba en el hecho de que las subvenciones iban a los trabajadores, pero en beneficio de las empresas… y de toda la comunidad autónoma. En aras de la supervivencia de la industria y de la paz social, el Gobierno autonómico se veía obligado a intervenir asumiendo el coste de las prejubilaciones. Más aún: como el procedimiento de las subvenciones ordinarias era largo y prolijo, estableció una fórmula irregular -sin duda- pero no frontalmente ilícita para pagar de inmediato a los trabajadores, pues de otro modo la solución no funcionaba. Las transferencias de financiación son ampliamente conocidas en todo el ámbito de las administraciones públicas, no solamente en Empleo, y hacia allá se dirigió la manera de resolver rápidamente una situación crítica.

He dicho hace tiempo por escrito que las reconversiones industriales supusieron un privilegio de las grandes empresas sobre las pequeñas, por la discrecionalidad en el uso del dinero público que inundó a los sectores en reconversión. Igual debemos decir de las subvenciones públicas para agilizar las prejubilaciones en empresas en crisis. La discrecionalidad iba a generar de seguro multitud de abusos, por más que lograran salvar del cierre a las grandes empresas y evitar el drama a multitud de trabajadores.

Ahora bien: si lo que el procedimiento de instrucción criminal pretende es hallar un móvil delictivo en la actuación de los poderes públicos que diseñaron y consintieron tamaño desaguisado, ese móvil lo veo bien difícil en la actuación pública en el caso de los ERE. Será un tema a dilucidar por el tribunal que entienda de la causa, pero al menos ese tribunal va a tener delante dos posibles móviles en la actuación de los sucesivos gobiernos andaluces: el móvil criminal de defraudar y enriquecerse, y el móvil de mantener la paz social y evitar el empobrecimiento de la comunidad. Otra cosa será lo que debamos decir sobre quienes se lucraron directa o indirectamente con aquel operativo, pensado en un momento en que Andalucía y todo el país nadaban en la abundancia.

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