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El juez de Dos Hermanas archiva la denuncia contra uno de los acusados de Pamplona por otros abusos

  • Se trataría de la tercera investigación en la que se verían implicados alguno de los cinco detenidos por la violación de los pasados Sanfermines.

Los cinco sevillanos acusados de la violación en los Sanfermines seguirán en prisión

Los cinco sevillanos acusados de la violación en los Sanfermines seguirán en prisión

El juzgado de Instrucción número 5 de Dos Hermanas ha archivado la denuncia remitida por un juez de Pamplona en la que se apuntaba un tercer caso de supuesta agresión sexual a una chica en las inmediaciones del acuartelamiento militar de El Copero, al no haber podido identificar a la víctima ni hallar un hecho delictivo en la denuncia en los términos en los que se ha presentado, según han confirmado fuentes judiciales.

El juzgado de Dos Hermanas recibió hace dos días la inhibición acordada por el juez de Instrucción número 4 de Pamplona, al que le fue remitida una ampliación del atestado realizado por la Policía Municipal de Pamplona en relación con esta supuesta tercera agresión sexual, que se sumaría a las que se investigan ya en Pamplona y Pozoblanco (Córdoba) y en la que estaría implicado el guardia civil Antonio Manuel G. A.

El juzgado de Dos Hermanas aceptó la competencia para investigar estos hechos, pero ha dictado un auto de archivo provisional porque, según han explicado las mismas fuentes, “no se ha podido identificar quién es la víctima” de esta agresión, ni dónde está, y tampoco se ha podido deducir de la denuncia que se haya producido un hecho delictivo, dado que en la misma no se refleja ninguna supuesta agresión sexual.

En el auto dictado el pasado 19 de octubre por el juez de Instrucción 4 de Pamplona y que se ha conocido hoy, el instructor señala que en la ampliación del atestado de la Policía Local recoge una comunicación enviada por un militar de El Copero al abogado de la víctima de la violación de los Sanfermines en el que relata la aparición, entre finales de 2009 y principios de 2010 de una “chica que tras estar de fiesta con unos chicos se despertó sin recordar nada más, dándose cuenta de que le habían quitado sus pertenencias y con dolor de cabeza y de piernas”.

Estos hechos habrían ocurrido en las inmediaciones de la base militar de El Copero de Dos Hermanas y el denunciante, que se hallaba de guardia de seguridad en dicho establecimiento militar, lo relaciona con la presencia en la base de uno de los acusados por la violación de la joven de Pamplona, en concreto, del guardia civil Antonio Miguel G. E.

De otro lado, la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha dictado un auto, que tiene fecha del pasado martes, en el que anula la decisión del instructor de dar por concluido el sumario de la violación de una joven en los San Fermines, que se atribuye a los cinco sevillanos que están actualmente en prisión, al considerar que el juez ha seguido dictando resoluciones y resolviendo recursos, por lo que ha anulado el auto de conclusión del sumario y lo ha devuelto íntegro al magistrado para que lo finalice.

La Audiencia navarra considera en su resolución que atendiendo a las actuaciones procesales practicadas en la presente causa “resulta patente que, pese al dictado del auto de 17 de octubre y la efectiva remisión de la causa a esta sala, de facto el órgano instructor ha continuado generando actuaciones, resolviendo recursos que pendían al momento de declarar la terminación y a la par, denegando la petición de diligencias por las partes bajo el argumento de que el sumario estaba concluido”.

El tribunal argumenta que la “descrita situación procesal” ha supuesto que dos órganos judiciales, el juzgado de Instrucción número 4 y la Sección Segunda de la Audiencia, “hayan estado conociendo a la par y en paralelo la misma causa penal, circunstancia ésta que no tiene ningún amparo en Derecho y que determinó el planteamiento de oficio de la posible nulidad de actuaciones de la que ésta resolución trae causa”.

Por ello, la Audiencia Navarra concluye que, constando la “inobservancia” del artículo 622 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, e igualmente “comprobado” que el juez instructor “ha continuado actuando aún después de haber cedido su competencia funcional para hacerlo –por razón de su propia declaración de conclusión de sumario- para este tribunal de enjuiciamiento debemos valorar si tales irregularidades han llevado aparejada una indefensión constitucionalmente relevante en los términos expresados para las partes, pues sólo con tal presupuesto debemos declarar la nulidad de lo actuado”.

Y la Audiencia afirma que “efectivamente se ha causado indefensión” porque el juez ha continuado “de facto” tramitando la causa con posterioridad a la remisión de las actuaciones a este tribunal de enjuiciamiento y ha dictado diversas resoluciones”, con lo que al actuar de ese modo “ha privado a las partes de la posibilidad de instar cuantas diligencias hubieran considerado adecuadas para sus intereses en la fase de instrucción y de su derecho a recibir una respuesta motivada –claro está estimatoria o no de su pretensión- sobre las mismas”.

Al declarar la nulidad del auto de conclusión del sumario, la Audiencia ordena la devolución “íntegra” del sumario al juez instructor a cuya disposición “quedarán nuevamente sometidas las personas provisionalmente privadas de libertad en la presente causa”.

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