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Sevilla

El Ayuntamiento quiere quitar puntos por las infracciones en la zona azul

  • Son sanciones leves para las que la legislación de Tráfico no prevé este castigo · El sindicato de la Policía Local denuncia hasta 67 errores como éste en el catálogo de multas

El catálogo de multas aprobado por el Ayuntamiento de Sevilla pretende quitar puntos del carné de conducir por determinadas infracciones cometidas en la zona azul, como estacionar utilizando un tícket manipulado o una tarjeta de residente de otro vehículo.

La normativa vigente en la actualidad no contempla este tipo de sanciones en estos supuestos, según recoge la ley 17/2005, que regula el permiso y la licencia de conducción por puntos. La norma señala en concreto que las infracciones leves no conllevan la retirada de puntos, sólo una pequeña sanción económica, y desde esta perspectiva el estacionamiento indebido en la zona azul tiene esta consideración menor.

El Sindicato Profesional de Policías Municipales de España (Sppme) ha detectado hasta 67 supuestos errores como éste en el catálogo de sanciones aprobado el 19 de octubre pasado por el Pleno del Ayuntamiento de Sevilla, lo que ha llevado al sindicato a presentar ayer mismo en el registro municipal un escrito de alegaciones contra la "normas de graduación de las sanciones en materia de tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial".

En la mayoría de los casos, los defectos detectados consisten en aplicar la retirada de entre dos y seis puntos del carné para infracciones leves. Así, el Consistorio ha aprobado retirar dos puntos para los conductores que estacionen en zona azul con un tícket de estacionamiento manipulado, y quitar tres puntos a los que aparquen en estos lugares usando una tarjeta de residente de otro vehículo. El catálogo aprobado, que fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), también castiga con dos puntos menos a los conductores que estacionen perturbando las tareas de carga y descarga en las horas indicadas, o a los que aparquen encima de la acera obstaculizando el paso de los peatones. Estas sanciones, según el recurso del Sppme, no se ajustan a los dispuesto en la mencionada ley, puesto que no se pierden puntos por las paradas o malos estacionamientos salvo casos muy concretos.

Pero el catálogo ratificado por el Pleno municipal acarrea otras sanciones que no dejan de causar al menos extrañeza y cuya aplicación, además de no estar contemplada en la legislación, plantearía muchos interrogantes. De esta forma, el Consistorio quiere retirar cuatro puntos por la acción de estacionar "una motocicleta, ciclo, ciclomotor o bicicleta" en zona azul, en un lugar no habilitado para ello. Los problemas son múltiples: puede haber ciclistas que no dispongan de carné, como ocurre con los menores de edad, y además, ¿cómo se identifica al propietario de una bicicleta, que no tiene matrícula, para poder multarlo?

La lista de sanciones se hace cada vez más inverosímil: dos puntos menos por no estar dotadas las bicicletas de los elementos reflectantes previstos reglamentariamente y el mismo castigo por no llevar prendas reflectantes los usuarios de bicicletas cuando sea obligatorio el uso del alumbrado y circular sin luz. Se trata de sanciones que siguen teniendo la consideración de leves y a las que sólo cabe imponer una pequeña multa pecuniaria.

Los mismo sucede con la multa prevista por abrir o cerrar las puertas de un vehículo destinado a transporte colectivo de viajeros por una persona no autorizada. De la pequeña multa económica el Ayuntamiento quiere pasar a detraer tres puntos del carné.

Curiosa es también la retirada de tres puntos que se prevé para el "pasajero" de un turismo que no lleve correctamente abrochado el cinturón de seguridad, cuando en realidad la ley sólo resta puntos cuando la infracción la comete el conductor del automóvil y no el acompañante del mismo.

Otra de las conductas castigadas, en este caso con la retirada de tres puntos del carné, afecta a los responsables de las gasolineras, que podrían perder esos puntos por "facilitar combustible" sin que esté apagado el motor o la radio del vehículo.

Una de las sanciones que el Consistorio hispalense considera grave es la celebración de pruebas deportivas sin la correspondiente autorización, que restaría cuatro puntos, pero el sindicato alega que no existe pérdida de puntos por esta infracción.

En otros casos el error se produce por aprobar la retirada de más puntos de los estipulados legalmente. El Ayuntamiento pretende quitar seis puntos por cicular por un carril reversible, como el que existe en el puente del Centenario, sin llevar encendido el alumbrado de cruce. En este caso, además de una multa de 96 euros, la ley establece que hay que quitar únicamente dos puntos al conductor que infringe la norma. Con seis puntos menos se quiere multar también a quien circule alterando los elementos de balizamiento de un carril destinado al uso contrario al habitual.

Después de que el sindicato denunciara los primeros 90 errores detectados en el catálogo, una orden interna de la Policía Local conminó a los agentes a que aplicaran las normativas vigentes en materia de circulación a la hora de establecer las sanciones.

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