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Sevilla

Un juez ordena el desahucio de una mujer de 55 años con una minusvalía psíquica del 68%

  • La mujer dispone de otra vivienda pero según su abogado el inmueble no está en condiciones de ser habitado

El Juzgado de Primera Instancia número 17 de Sevilla ha dictado Sentencia en la que decreta el divorcio de un matrimonio contraído en el año 1993 y en el que acuerda el desahucio de una mujer de 55 años que padece una minusvalía psíquica del 68%, según ha explicado su abogado, Mario López Gaitica.

En la sentencia se establece que la vivienda familiar se asigna al marido, obligando a la esposa a abandonarla en el plazo de un mes. La mujer, de 55 años, padece una minusvalía del 68% y no tiene estudios ni experiencia laboral.

El fallo recoge que la mujer tiene otra vivienda en propiedad, pero según el letrado omite que ese inmueble no está en condiciones de ser habitado. Esta vivienda, añade el abogado Mario López, radica en el barrio de Torreblanca y se trata de un tercer piso sin ascensor. La mujer padece de obesidad y apenas puede andar, lo que limita el acceso a una vivienda sin ascensor, añade.

Por otro lado, la vivienda no cuenta con los elementos mínimos de habitabilidad, debiendo realizarse reformas que no puede afrontar por su precaria situación económica, ya que no cuenta con patrimonio y el único ingreso de 250 euros de la pensión compensatoria.

Además de ello existe un procedimiento de violencia machista que se está investigando en estos momentos, explica el letrado, que añade que esta sentencia ha sido recurrida, pero el marido ha instado el desahucio de la mujer, algo a lo que el juez ha accedido por lo que en el plazo de un mes deberá abandonar la vivienda familiar.

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