La aplicación de la ley antitabaco

Las casetas de Feria estarán libres de humos

  • La Junta y el Ayuntamiento coinciden en la restricción · Sólo se deja abierta la opción a permitir fumar en las de más de un módulo que hacen esquina.

No hay lugar a la discusión, ni a más debates previos. Las casetas de la  Feria de Sevilla estarán libres de humos. La Consejería de Salud y el Ayuntamiento de Sevilla comparten criterio a la hora de aplicar la ley antitabaco en la Feria de Abril.  Las casetas quedarán libres de humo salvo muy contadas excepciones. Las autoridades sanitarias entienden que la actual legislación no deja mucho margen para un pronunciamiento a favor del consumo de tabaco. Se considera que la ley -que no cita expresamente las casetas- es meridianamente clara. Su espíritu, al menos, pone de acuerdo a las administraciones con competencias directas o indirectas en la materia. La gran clave está en que el terreno que ocupan los módulos de las casetas no es privado en ningún caso. Se parte de la consideración de que se trata de suelo público que, eso sí, se cede a entidades y particulares en régimen de concesión administrativa. La polémica ley deja claro que son espacios de uso público los "lugares accesibles al público en general o lugares de uso colectivo, con independencia de su titularidad pública o privada". También existe coincidencia entre ambas administraciones en que no se puede argüir la tesis tradicional por la que una caseta sería, en la práctica, una prolongación de la residencia familiar y , por lo tanto, se trataría de un espacio eminentemente privado. Esta definición popular queda para las explicaciones que el sevillano ofrece al visitante en su intento por hacerle comprender la idiosincrasia de una fiesta que fuera de las fronteras locales es tenida como especialmente cerrada. Pero esta interpretación popular carece de efectos jurídicos, por lo que no es aplicable a una caseta de la Feria de Abril la normativa propia de una vivienda particular (derecho a la intimidad, inviolabilidad, etcétera).

La ley antitabaco no hace ninguna referencia expresa a las casetas de Feria. La caseta sería considerada como un establecimiento cerrado (bar o restaurante) de los que se regula en el artículo 7, apartado u, de la ley. El mismo texto legal considera que un espacio al aire libre a estos efectos es todo aquel que "no está cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos". Por este motivo, tanto la Junta como el Ayuntamiento coinciden en que estaría permitido fumar en las casetas que cuentan exclusivamente con dos paramentos laterales. Cualquier conocedor del real de la Feria sabe que este supuesto sólo se da en aquellas casetas de más de un módulo que están ubicadas en una esquina y que, por lo tanto, tienen fachada hacia más de una calle. En la inmensa mayoría de las casetas (de un módulo o de más de uno pero con tres paramentos) estará prohibido el consumo de tabaco. En la Feria de Sevilla no existen ni han existido a lo largo de su historia casetas sin techo (en las que sí se podría fumar), un supuesto que sí se puede dar en otras ferias de la región. La ordenanza municipal, además, deja claro cómo debe ser la tipología de la caseta y hasta detalles como la estética de la pañoleta, que debe ser fiel a los criterios de Gustavo Bacarisas, el gran creador del concepto de la Feria tal como ha llegado a la actualidad. Por este motivo no es previsible que ningún titular de caseta prescinda del techo para sortear la restricción que marca la ley.

El Ayuntamiento de Sevilla lleva todo el mes de enero estudiando la aplicación de la ley antitabaco en su principal fiesta laica. Por este motivo se le ha encargado un dictamen al secretario general que, aunque no ha trascendido su literalidad, sí coincide con el planteamiento de la Administración autonómica.

La Junta de Andalucía se ha caracterizado por defender una ley que reducirá en un 11% el consumo de tabaco entre los andaluces. Pocos días antes de la entrada en vigor de la ley, la consejera de Salud, María Jesús Montero, aseguró que la Junta asumiría las inspecciones "en aquellos lugares que tengan dificultades para llevar a cabo dichas inspecciones durante los primeros meses", con la finalidad de que estos ayuntamientos puedan "garantizar y velar por la calidad del aire". Por esta razón, la Administración autonómica ha hecho frente común  con el Ayuntamiento para aplicar la ley.

Por otra parte, el Consistorio hispalense, como ya informó este periódico, también ha mostrado su inquietud por regular el uso del recinto ferial los días de campaña electoral de cara a los comicios municipales, habida cuenta de que la campaña comienza en esta ocasión la noche del jueves al viernes, una circunstancia que hasta ahora no se había producido. Deberá ser también el fedatario del Ayuntamiento el que establezca los criterios, puesto que, por ejemplo, en el real está prohibido cualquier reparto de publicidad, así como los anuncios en las casetas o carruajes.

Todo indica que los partidos políticos centrarán su atención en el real y sus alrededores desde la noche del jueves hasta el domingo, pues no tendría sentido alguno que se convocaran actos electorales en barrios alejados de Los Remedios.

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