caso aznalcóllar

La mina de Aznalcóllar no se paralizará

  • La juez considera que faltan los "presupuestos" para adoptar la medida cautelar porque sólo se investiga una presunta prevaricación y existe un "control técnico" por parte de la Administración de los trabajos que se están realizando.

Panorámica de la corta minera de Aznalcóllar.

Panorámica de la corta minera de Aznalcóllar. / Juan Carlos Muñoz

Una noticia tranquilizadora para 200 trabajadores. La titular del juzgado de Instrucción número 3 de Sevilla, Patricia Fernández, ha denegado la medida cautelar solicitada por Emerita para la paralización inmediata de los trabajos que se realizan la explotación minera de Aznalcóllar.

En un auto que tiene fecha del pasado lunes, día 5 de diciembre, la instructora considera que no se dan los "presupuestos" para adoptar esta medida cautelar por varios motivos, entre ellos, porque recuerda que en esta causa sólo se investiga una presunta prevaricación en la adjudicación del concurso para la reapertura de la mina, así como porque existe la "posibilidad de solicitar esta suspensión en vía administrativa", punto en el que la juez destaca que Emerita ha planteado cuatro recursos contenciosos-administrativos ante el TSJA, que se han acumulado en uno y en ninguno ha pedido la suspensión de la actividad.

La instructora añade un tercer motivo para denegar la medida relativo al "control técnico" que la Administración ha acreditado que viene ejerciendo sobre los trabajos que se desarrollan en la explotación minera, donde se ha certificado que la empresa adjudicataria está "cumpliendo puntualmente con la obligación mensual de presentar un informe elaborado por el Organismo de Control Autorizado (OCA)", donde se detalla el cumplimiento del cronograma de ejecución y de restauración, las investigaciones realizadas y las contrataciones de personal reflejadas en el Plan de Investigación aprobado en la resolución del concurso. También se está cumpliendo, añade la juez, las medidas a adoptar reflejadas en el informe de Medio Ambiente del 2 de junio pasado.

La magistrada recuerda que en los últimos informes presentados, correspondientes a octubre, se han emitido "dictámenes favorables respecto al cumplimiento del cronograma previsto en el plan de investigación y respecto al cumplimiento de las medidas a adoptar reflejadas en el plan de Restauración, elaborado tras la comprobación in situ y observaciones realizadas durante las visitas de seguimiento e inspección efectuada el 28 de octubre", y en el que se ha constado entre otros aspectos que continúan los trabajos de perforación de sondeos mecánicos –han finalizado 34 sondeos- y se han llevado a cabo 17 ensayos de permeabilidad.

La juez argumenta además para rechazar la medida que no se ha acreditado "ninguna situación objetiva de riesgo de reiteración delictiva en el marco penal de esta causa que justifique la adopción de la misma en los términos interesados".

Dice la juez que la suspensión o paralización de los trabajos de la explotación minera y la suspensión de la eficacia de las tres resoluciones administrativas solicitadas por Emerita, la empresa perdedora del concurso, "no es una medida cautelar que sirva para evitar la reiteración delictiva por los investigados en esta causa: miembros que integraron la Mesa de Contratación y la Comisión Técnica del Concurso de Adjudicación de las Actividades Extractivas de Explotación de los Recursos Existentes en la Reserva Minera de Aznalcóllar".

La actuación de las personas investigadas, precisa la juez, "se agotó con su última actuación administrativa en el concurso público, intervención por los demás absolutamente desvinculada de la concreta exploración física que actualmente se lleva a cabo en esa reserva minera y, respecto de la cual, consta que se está ejerciendo por la Administración el pertinente control mensual".

La juez recuerda en el auto que en esta causa se investiga un delito de prevaricación del artículo 404 del Código Penal, “presuntamente cometido por los funcionarios públicos que integraron la Mesa de Contratación y la Comisión Técnica del concurso de adjudicación, así como por los administradores de la compañía licitadora Minorbis Sociedad Limitada". La declaración como investigados de estos últimos, así como de los restantes miembros de la Mesa y la Comisión, han sido "solicitadas pero no acordadas a día de hoy, estando pendientes de la investigación encomendada a la UCO" de la Guardia Civil.

La suspensión solicitada sólo se justificaría, argumenta la magistrada, como garantía para evitar la continuidad o reincidencia delictiva, pudiendo colegirse de la petición de Emerita la existencia de un "riesgo para el medio ambiente y los recursos naturales de la zona". Sin embargo, la instructora aclara que éste "no es el objeto de la presente investigación y, de hecho, cuando en Julio del 2015 se puso de manifiesto la posible evidencia de niveles altos de contaminación en determinadas aguas de la zona se acordó deducir el correspondiente testimonio a los Juzgados de Sanlúcar la Mayor, que incoaron diligencias previas por un delito contra el Medio Ambiente y los recursos naturales".

Con esta resolución responde la juez a la petición de la empresa Emerita Resources y a la que también realizó la acusación popular que ejerce Ecologistas en Acción, que solicitó igualmente la paralización “en atención a posibles daños medioambientales como al erario público, así como por el riesgo que se corre”, concluye el auto. La Fiscalía de Sevilla se había opuesto, por el contrario, a la paralización de la actividad en la mina mientras se instruye esta causa.

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