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La juez rechaza suspender el juicio a Ortega Cano pese a la enfermedad de un letrado de la acusación

  • Considera en una providencia que la acusación particular está representada en el proceso por el hermano del abogado enfermo.

La juez Sagrario Romero, que a partir de la próxima semana debe enjuiciar al torero José María Ortega Cano, ha rechazado la petición de uno de los abogados de la acusación particular para suspender el inicio de la vista oral, a pesar de que este letrado ha presentado un parte de baja laboral por sufrir varicela, según han confirmado fuentes judiciales.

 

El abogado Andrés Avelino Romero, que ejerce junto a su hermano Luis Romero la acusación particular en presentación de los familiares de Carlos Parra Castillo, había presentado un parte médico solicitando la suspensión del juicio, al informar al juzgado de que se hallaba de baja por tener varicela.

 

La juez ha dictado una providencia en la que ha rechazado la suspensión de la vista oral, al considerar que el juicio puede celebrarse porque la acusación particular está representada también por el hermano del abogado que está enfermo, han explicado las mismas fuentes, que han añadido no obstante que esta decisión puede ser ahora recurrida. Sin embargo, el recurso no paralizaría en principio la celebración del juicio, cuyo inicio está fijado para el próximo martes y que ha despertado una gran expectación mediática, ya que se han acreditado medio centenar de medios de comunicación.

La vista oral contra el matador ha sido señalada en concreto para los días 12, 13, 14, 15 y 19 de marzo, a partir de las 10:00 horas, y en la misma testificarán 30 personas, entre testigos, guardias civiles y peritos que han examinado las circunstancias que rodearon el accidente que tuvo lugar el 28 de mayo de 2011 en la carretera A-8002, en el término municipal de Castilblanco de los Arroyos. 

La Fiscalía ha solicitado una condena de cuatro años de prisión para el torero, al que imputa dos delitos contra la seguridad vial, por conducir de forma temeraria y con una tasa de alcohol de 1,26 gramos por litro de sangre -casi el triple de la permitida- y otro de homicidio por imprudencia. 

El accidente se produjo sobre las 22:15, cuando el torero, que circulaba en su Mercedes R-320, llegó a la altura del punto kilométrico 28,150, en un tramo curvo a la derecha con "visibilidad reducida". El torero, según el ministerio Público, perdió el control del vehículo e invadió durante 60 metros el carril de sentido contrario, por el que circulaba la víctima en un Seat Altea. 

Para la Fiscalía, Ortega Cano circulaba "en condiciones no apropiadas" para hacerlo, debido a la "previa ingestión excesiva de bebidas alcohólicas que le mermaban los reflejos necesarios para esta actividad, haciendo que su conducción fuera irregular, realizando maniobras arriesgadas para él mismo y los demás usuarios de la vía". 

El Ministerio Público considera que Ortega Cano circulaba a 125,2 kilómetros por hora en el momento del impacto, una velocidad superior a los 90 kilómetros que estaban permitidos en esa vía, y concluye que el torero no realizó ninguna maniobra para esquivar al otro coche, ya que "no existe ningún indicio de corrección de la trayectoria por parte del acusado". 

El principal debate jurídico que se planteará en el juicio guarda relación con la validez de la prueba de alcoholemia practicada al acusado sobre unas muestras de sangre que se le extrajeron para fines terapéuticos en el hospital y que la defensa considera que son nulos por los posibles fallos en la cadena de custodia de la muestra.

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