Huelva

El TSJA anula la modificación del plan para la urbanización de La Joya

Vista general virtual del proyecto residencial descartado ahora por el TSJA.

Vista general virtual del proyecto residencial descartado ahora por el TSJA. / M.G.

Freno al proyecto de urbanización en el Cabezo de la Joya. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha fallado en favor del recurso contencioso administrativo que pedía la anulación de la modificación puntual del Plan Especial de Reforma Interior de la Unidad de Ejecución 1, Cabezo de la Joya, en Huelva. Sin efecto ha quedado, y será definitivo salvo que el caso tenga más recorrido en el Tribunal Supremo, y que éste revoque el fallo del alto tribunal andaluz.

Por el momento, el efecto inmediato es que queda sin autorización el proyecto que contemplaba la construcción de cuatro grandes bloques de viviendas en las calles San Sebastián y William Martin, en torno a la necrópolis tartésica hallada en la cima de esta parte del cabezo. Los juzgados habían paralizado hace unos meses de forma cautelar la ejecución de las obras en el solar, que sólo fue vallado como parte de los preparativos.

El Pleno del Ayuntamiento de Huelva fue el que dejó el camino despejado para la ejecución de ese proyecto el 20 de noviembre de 2020 con el voto favorable del equipo de gobierno municipal del PSOE y las abstenciones del PP, Ciudadanos y Vox, y el voto en contra de Mesa de la Ría y Adelante Huelva.

Con ese paso se modificaba el PERI de la Unidad de Ejecución 1, Cabezo de la Joya, que fue aprobado en 2004, entonces con el gobierno local del PP y sin la contestación social que ha tenido el posterior.

Los promotores del proyecto y el mismo Consistorio defendieron en 2020 que de la superficie total del sector, cifrada en 25.897 metros cuadrados, en 2004 contemplaba un área de uso residencial de 10.071m2, que pasaba a reducirse a 4.740m2, ampliando a su vez la superficie de uso de espacios libres. Todo ello con una pretendida salvaguarda del espacio en el que los investigadores han situado la necrópolis tartésica por los restos encontrados, y evitando la urbanización en zonas en las que potencialmente podría ser de interés arqueológico. La anulación de unas viviendas adosadas en la calle Fray Junípero Serra, frente al cabezo Roma, llevaron a ganar edificabilidad en los edificios proyectados en altura, de 12 y 15 plantas.

Pero en el fallo del TSJA, y pese a los estudios realizados por especialistas por cuenta de la Junta de Compensación, hace referencia a la altura de los edificios y su efecto pantalla ante el cabezo, pero también a la necesidad de que las investigaciones arqueológicas sean siempre previas a un desarrollo urbanístico.

Uno de los puntos de la sentencia destacados por el colectivo demandante es el que señala que “las características del Cabezo de la Joya son incompatibles con su desarrollo urbanístico en los términos acordados porque no garantizan la protección y conservación de su patrimonio arqueológico, medioambiental, histórico y paisajístico”.

Hay algunas cuestiones por resolver tras la sentencia, ya que ésta sólo anula la modificación aprobada en 2020 por el pleno municipal. De esta forma volverá a quedar vigente el PERI en su concepción de 2004, casi veinte años atrás, con un diseño urbanístico muy diferente al propuesto en esa revisión de hace tres años, ahora anulada. Es una incógnita ahora si la recobrada vigencia de ese planeamiento habilitaría a los propietarios a ejecutar proyectos residenciales en los términos recogidos en él.

Por el momento ninguna de las partes demandadas se ha pronunciado aún sobre este fallo judicial, que marca el futuro del Cabezo de la Joya, pero también de otras zonas similares del casco urbano recogidas en el planeamiento urbanístico de la ciudad, así como proyectos constructivos.

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