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Cuatro partidos para Kolodziejczak, que se perdería la final de la Copa del Rey

  • El Sevilla recurrirá la sanción al francés, que vio la roja ante el Athletic por decirle al linier "Tu puta madre".

El francés Timothee Kolodziejczak, expulsado en la última jornada de la Liga contra el Athletic de Bilbao, ha sido sancionado por el Comité de Competición de la RFEF con cuatro partidos de suspensión, por lo que, de momento, se perderá el domingo la final de la Copa del Rey ante el Barcelona.

Kolo vio la roja directa, según el acta arbitral, por dirigirse a un asistente y decirle: "¡Tu puta madre!". Al ser suspendido por cuatro encuentros se perderá la final de Copa, si bien el Sevilla recurrirá al Comité de Apelación. Su compañero Coke, que también fue expulsado por protestar cuando estaba en el banquillo, sí podrá jugar en el Vicente Calderón el domingo al ser sancionado con dos encuentros según el artículo 120.

Según reflejó en el acta el colegiado Álvarez Izquierdo, Coke fue expulsado cuando estaba en el banquillo por "salir corriendo con los brazos en alto, protestando a gritos" una decisión suya, mientras que sobre Kolo indica que fue por dirigirse a un asistente y decirle: "¡Tu puta madre!".

El Sevilla indica en su recurso que la acción de Kolo "debe ser considerada como un mero menosprecio o desconsideración hacia un rival, incardinado en la conducta tipificada en el artículo 116 del Código Disciplinario de la RFEF y no hacia el árbitro asistente, tipificada en el artículo 94 del mismo Código, sancionándole por ello con dos partidos de suspensión". "Fundamenta tal solicitud en que el jugador expulsado en ningún momento quiso insultar a los colegiados, sino que dicha expresión se produjo como acción a una reacción violenta de un jugador contrario, estando dirigida tal expresión al oponente, como se acreditaría con las dos pruebas videográficas que se acompañan", apunta.

Pero el Comité de Competición indica que las pruebas videográficas aportadas por el Sevilla no desvirtúan "la presunción de veracidad del acta arbitral" y no acreditan que la expresión fuera dirigida a un contrario. Por ello, aplica el artículo 94 y le impone dicha sanción con multa accesoria de 1.400 euros al club y de 3.005 al futbolista (artículo 52.3 y 4).

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