El Supremo rechaza el concierto para un colegio que segrega por sexos

La Junta estudia si el fallo afecta a otros seis centros que mantienen la separación

R. S.

23 de agosto 2012 - 05:03

Se acabó el concierto educativo para el colegio Elcható de Brenes. El Tribunal Supremo ha dado la razón a la Junta de Andalucía por negar el concierto a este colegio que imparte una educación segregada por sexo, en una sentencia que estima el recurso de la Administración andaluza contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), por la que se acordó aprobar el concierto educativo y anuló la orden de 2009 que obligaba a los colegios de educación diferenciada a convertirse en mixtos para continuar beneficiándose de las subvenciones.

Junto a esta sentencia, el Alto Tribunal ha dictado otra en el mismo sentido en la que avala la decisión del Gobierno de Cantabria en relación con otro centro que también segregaba. En ambas sentencias, el Supremo confirma las resoluciones que denegaron el concierto y no lo renovaron, y entre los argumentos se esgrimen el artículo 84 de la Ley Orgánica de Educación de 2006 relativo a la admisión de alumnos. "Las administraciones educativas regularán la admisión de alumnos en centros públicos, privados y concertados de tal forma que se garantice el derecho a la educación, el acceso en condiciones de igualdad y la libertad de elección de padres y tutores (...)", reza este artículo, en cuyo apartado tercero precisa que "en ningún caso habrá discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social". La sentencia rechaza la interpretación "en algún modo sostenida" del derecho a la creación de centros privados sostenidos con fondos públicos y a intervenir en la selección de los alumnos.

El Supremo recuerda, además, el contenido de la disposición adicional que aboga por el "fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres" o "favorecer la igualdad de derechos y oportunidades" e indica que atendiendo a estos principios se debe mantener ese modelo en todas las etapas educativas, algo que no se refiere sólo a la preferencia para obtener subvenciones de la administraciones. Ambas sentencias cuentan con el voto particular del magistrado Antonio Martí García, que considera que con la normativa actual, la internacional y la propia anterior de esta sala, "se puede llegar a otra conclusión, pues este juez estima que la educación diferenciada no genera discriminación por razón de sexo, como la administración y la sentencias mantienen". Así, sostiene que la LOE de 2006 no tiene previsión alguna ni dispone nada en contra de la educación diferenciada, y añade que si bien su disposición adicional vigésimo quinta da prioridad a la coeducación, también advierte de que "no niega ni prohíbe" la diferenciada.

La Consejería de Educación celebró ayer el fallo del Tribunal Supremo y avanzó que sus servicios jurídicos están estudiando la sentencia para ver "si es de aplicación inmediata" a los doce centros andaluces -siete de ellos en Sevilla, en su mayoría del Opus Dei- que aún segregan por sexo y que tienen el concierto vigente.

La Administración autonómica señaló que esta sentencia supone "un reconocimiento a los planteamientos en los que viene trabajando la Consejería de Educación que aboga por una educación pública que fomente los valores constitucionales como la igualdad y la educación mixta que no segregue al alumnado por sexo, ni por ninguna otra condición".

Las dos nuevas sentencias del Supremo contrastan con al menos otras tres dictadas en 2011 por el Alto Tribunal en las que sí avaló la concesión de fondos públicos a los colegios Altair y Albaydar de Sevilla y el Molino Azul de Lora del Río, en los que el Supremo rechazó el recurso de la Junta, a la que condenó incluso a pagar las costas, y avaló que estos centros pudieran seguir segregando por sexo y mantener el concierto educativo.

En estos fallos el Supremo consideró que la posible revocación de la decisión del TSJA "podría conllevar perjuicios irreparables" tanto para el centro como para los alumnos. Con las nuevas resoluciones, el debate sobre la educación diferenciada y la financiación con fondos públicos sigue abierto.

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