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El caso Iván y Sara se paralizó en seis ocasiones al menos por decisiones del juez de Familia

  • El magistrado Francisco Serrano sostiene que la "pesadilla" de Carmen Fernández se inició porque el asunto fue elevado dos veces al Tribunal Constitucional

Carmen Fernández, la madre de Iván y Sara, ganó once sentencias en los once años que se ha prolongado su lucha por recuperar a sus hijos. La última resolución, la que concede los 1,7 millones de indemnización, ha llegado tarde, cuando la madre ha fallecido. Desde la Junta de Andalucía y desde la propia Administración de Justicia se achaca ahora lo ocurrido a la tradicional lentitud de los procedimientos judiciales, aunque sin asumir la parte de responsabilidad que corresponde a cada una.

El juez de Familia número 7 de Sevilla, Francisco Serrano, dijo ayer a Efe que la "pesadilla" de Carmen Fernández se inicia porque este es el único asunto de esta materia que ha sido elevado en dos ocasiones al Tribunal Constitucional, donde las causas tardan una media de cuatro años en resolverse. El juez recuerda que dictó su primera resolución, la que declaraba la situación de desamparo de los menores, en menos de un año, en septiembre de 1998, y que la Audiencia de Sevilla tardó dos años en resolver el recurso de la madre, que ya se había recuperado de su alcoholismo.

Sea como fuere, el proceso del caso Iván y Sara también sufrió paralización en al menos seis ocasiones debido a las resoluciones dictadas por el juez de Familia, lo que contribuyó a dilatar en exceso la tramitación y a hacer en definitiva de imposible cumplimiento el retorno de los niños con su madre. La Consejería de Igualdad también recurrió varias resoluciones, sobre todo las relativas a la indemnización, lo que agravó más el "tortuoso calvario" de Carmen Fernández según la expresión acuñada por los jueces de la Audiencia de Sevilla. La primera sentencia de la Sección Sexta de la Audiencia en relación con esta causa fue dictada el 12 de junio de 2000 y en ella se declaró la inexistencia del desamparo y ordenó la devolución inmediato de los menores a su madre.

El juez de Familia, tras recibir este fallo, acordó un régimen de acercamiento progresivo de los menores a su madre, en una interpretación de la sentencia del tribunal superior jerárquico -que había ordenado la devolución sin más- que el juez, según dijo, adoptó por el interés de los menores. El régimen establecía que los niños visitaran a su madre todos los sábados durante tres meses, pero los encuentros fracasaron, y en medio los padres preadoptivos de Dos Hermanas plantearon un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional para que se les considerara partes en el proceso. El Alto Tribunal anuló entonces la sentencia de la Audiencia y ordenó el dictado de otra, una vez personado el matrimonio.

En abril de 2002, la Audiencia revocó un nuevo auto del juez y le obligó a adoptar medidas para que se cumpla el regreso con la madre, a lo que siguió otra resolución del mismo tribunal -del 26 de diciembre de 2002- en la que ratifica que no hubo situación de desamparo, deniega el acogimiento preadoptivo y vuelve a acordar la entrega de los niños a Carmen Fernández.

El tercer hito jurídico en el caso se produjo en diciembre de 2005, cuando la Audiencia Provincial revocó la indemnización que había acordado el juez de Familia (72.670 euros) y la elevó hasta los 1,7 millones de euros.

De especial trascendencia es la resolución de la Sección Sexta de 19 de enero de 2006, en la que se fija un régimen de visitas de Iván con su madre y su hermana Sara, que se marchó a vivir con ella de forma voluntaria dos años atrás. Desde esa fecha, el juez no acuerda el encuentro de Iván con su progenitora hasta el mes de febrero de 2007, un año después de la sentencia. Ese encuentro se produjo después de que la defensa de Carmen Fernández pidiera al juez que requiriera a la familia de Dos Hermanas que permitieran la visita "por razones humanitarias", dado que el cáncer que padecía Carmen Fernández se hallaba ya en fase terminal. La visita sólo fue posible después de que el juez recibiera una carta manuscrita de Sara en la que pedía por favor que tanto ella como su padre pudieran encontrarse con Iván porque llevaban sin verle desde "septiembre de 2004 y su madre se va a morir". En junio de 2007, la Sección Segunda de la Audiencia volvió a ordenar que se diera cumplimiento efectivo al régimen de visitas con Iván, que ya tiene 16 años. Los padres acogedores aportaron un certificado del psicólogo, según el cual, los encuentros no eran convenientes para el menor y, a partir de ese momento, quedaron paralizadas nuevamente todas las actuaciones de la Junta y del juez de Familia en relación con estas visitas.

Nuevos retrasos del procedimiento, esta vez relacionados con la entrega de la millonaria indemnización, tuvieron lugar a lo largo de 2007. Así, en el mes de abril, la Sección Segunda de la Audiencia -un tribunal distinto al que había mantenido el enfrentamiento con el juez de Familia- ordenó la "entrega inmediata" del dinero a la madre de Iván y Sara, pero el juez se negó a entregar la cuantía total con el argumento de que la indemnización podría desaparecer y sería imposible su reintegro en el hipotético caso de que el Tribunal Constitucional estimara el recurso de amparo presentado por la Junta de Andalucía. El juez exigió entonces a la madre una garantía si quería recibir la totalidad de la indemnización y posteriormente bloqueó la cuenta bancaria cuando ya se habían retirado 210.000 euros.

En septiembre de 2007, cuando la madre estaba moribunda, el juez de Familia desestimó otro recurso de Carmen Fernández para que se le hiciera entrega de la totalidad de la indemnización.

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