Los ERTE por fuerza mayor se prolongarán hasta el 30 de junio
CEOE, UGT y CCOO ratifican el preacuerdo alcanzado con el Gobierno en la noche del jueves
Las exoneraciones de las cuotas para las empresas serán menores y ya no se aplicará el 100% para las de menos de 50 trabajadores si reanudan la actividad
Se mantienen los beneficios especiales de la protección por desempleo
Las empresas en riesgo de concurso de acreedores sí podrán despedir
La CEOE da el visto bueno al preacuerdo alcanzado con Gobierno y sindicatos para prorrogar los ERTE por fuerza mayor hasta el 30 de junio, aunque con posiciones muy críticas por parte de algunas patronales y con el planteamiento de que se revise teniendo en cuenta la situación de cada sector. La razón de esta división es la cláusula de salvaguarda del empleo durante seis meses. También han ratificado el acuerdo CCOO y UGT.
En la noche del jueves, los agentes sociales y el Ejecutivo acordaron alargar los ERTE hasta finales del mes que viene, hubieran recuperado o no la actividad las empresas.
Menor exoneración de cotizaciones para los que reinicien la actividad
Para los ERTE de fuerza mayor total -es decir, los de las empresas que mantienen sus puertas cerradas- continuará la regulación actual: una exoneración de cotizaciones del 75% para las empresas de más de 50 trabajadores y del 100% para las que tuvieran menos de 50 trabajadores.
En el caso de ERTE de fuerza mayor parcial (los que sí han reiniciado la actividad), la empresa con menos de 50 trabajadores se beneficiará de una exención de la cuota empresarial por cada trabajador que vuelva a su actividad del 85% en mayo y del 70% en junio. Las de más de 50 tendrán una exención del 60% en mayo y el 45% en junio. En el decreto se recomienda, por otro lado, utilizar la reducción de jornada como ajuste de empleo en vez de la suspensión temporal de empleo.
Por lo que respecta a los trabajadores que no han vuelto a la actividad y por lo tanto continúan en ERTE, la exención empresarial será del 60% en mayo y del 45% en junio para empresas de menos de 50 trabajadores, y del 45% en mayo y del 30% en junio para las que tengan más de 50 empleados.
Los beneficios de las prestaciones por desempleo continúan
En lo que respecta a las prestaciones por desempleo asociadas a los ERTE (que se conceden sin necesidad de cumplir el periodo de carencia y no computan a efectos de tiempo de cobro) se mantendrán hasta el 30 de junio, salvo las de los fijos-discontinuos, que serán de aplicación hasta el 31 de diciembre.
Los ERTE por causas organizativas, económicas, técnicas o de producción vinculados al Covid-19 que se inicien tras la entrada en vigor de este nuevo decreto y hasta el 30 de junio tendrán las características especiales establecidas en la regulación del 17 de marzo (para cobrar el desempleo, no hará falta tiempo mínimo, y el cobro no será computable).
Se flexibiliza algo la prohibición del despido procedente
El acuerdo flexibiliza algo la prohibición del despido durante seis meses por causas objetivas que impuso el Gobierno. Así, esta norma no será de aplicación a aquellas empresas que tengan riesgo de entrar en concurso de acreedores según los términos establecidos en el artículo 5.2 de la Ley Concursal.
En el borrador del decreto, se especifica también que este cómputo de seis meses empezará a contar desde la incorporación al trabajo efectivo de personas afectadas por el ERTE, aun cuando éste sea a tiempo parcial o sólo afecte a parte de la plantilla.
En el caso de incumplimiento de esta cláusula, las empresas deberán devolver todas las cuotas de las que fueron exoneradas, con recargo e intereses de demora.
Prohibido el reparto de dividendos para empresas de más de 50 trabajadores
El decreto establece que no podrán acogerse a ERTE de fuerza mayor las empresas y entidades con domicilio en paraísos fiscales. Y las empresas que se acojan a estos procedimientos no podrán repartir dividendos durante este ejercicio fiscal, excepto si devuelven a la Seguridad Social las cuotas de las que fueron exoneradas. Esta limitación no será aplicable a las empresas con menos de 50 trabajadores.
El Ejecutivo prolongará los ERTE más allá del 30 de junio si persiste el riesgo sanitario
El Ejecutivo se reserva por último el derecho a prorrogar los ERTE por fuerza mayor si persisten restricciones de actividad por razones sanitarias a 30 de junio, así como las exoneraciones de las cuotas sociales y los beneficios del desempleo. La idea es facilitar una transición de estos ERTE a causas económicas, productivas o de organización.
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