Los presos electos reclaman al Supremo que los deje en libertad
La crisis catalana
Las defensas de Junqueras, Romeva, Sánchez, Turull y Rull solicitan que se revoque su prisión provisional y queden en libertad para poder ejercer como diputados
Madrid/Las defensas de los acusados en el juicio del procés Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Sànchez, Jordi Turull y Josep Rull, electos el 28-A, han reclamado este miércoles al tribunal que pida permiso a las cámaras para continuar con el juicio y les deje en libertad para poder ejercer como parlamentarios.
La atención del juicio ha quedado eclipsada por la situación política derivada de los resultados del 28-A, toda vez que los letrados de los cinco presos electos han presentado unos escritos en los que solicitan que el Supremo remita el correspondiente suplicatorio a las Cortes para seguir con la vista oral.
Se amparan en el artículo 751 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que establece que "se pondrá también en conocimiento del cuerpo colegislador respectivo la causa que existiere pendiente contra el que, estando procesado, hubiese sido elegido senador o diputado a Cortes".
Y en el 753, que señala que "se suspenderán por el secretario judicial los procedimientos desde el día en que se dé conocimiento a las Cortes, estén o no abiertas, permaneciendo las cosas en el estado en que entonces se hallen, hasta que el cuerpo colegislador respectivo resuelva lo que tenga por conveniente".
Dos artículos que según la interpretación de los letrados conllevan la suspensión del juicio a la espera de la resolución de los suplicatorios, algo que en el presente caso teóricamente implicaría la paralización de la vista oral.
Para completar su petición acuden al artículo 71.2 de la Carta Magna que señala que "los diputados y senadores gozarán asimismo de inmunidad y sólo podrán ser detenidos en caso de flagrante delito. No podrán ser inculpados ni procesados sin la previa autorización de la Cámara respectiva".
Distintas interpretaciones
De esta manera, entienden que sus defendidos disponen de inmunidad desde el momento de su elección, es decir, antes incluso de la constitución de las cámaras y, por tanto, corresponde pedir permiso a las Cortes para continuar con el juicio.
No obstante, fuentes jurídicas consultadas por Efe advierten de las lagunas existentes en estas disposiciones legislativas, toda vez que -como sucede habitualmente en múltiples aspectos de la causa del procés- no existen precedentes de encausados en prisión provisional que en pleno juicio hayan resultado elegidos, lo que abre la puerta a la interpretación de las normas.
Esto es así porque no hay preceptos concretos que aborden la cuestión exacta que se ha dado con los cinco presos electos.
Junto al suplicatorio, la otra petición de las defensas se dirige a revocar la prisión provisional "a fin de poder ejercer con plenitud sus responsabilidades derivadas de su nueva condición de diputados".
Al margen de estas dos solicitudes, las defensas citan en sus escritos que sus clientes han de asistir personalmente al pleno del 21 de mayo de constitución de las Cortes, una petición a la que en principio no tiene previsto oponerse el tribunal más aun cuando no ha fijado sesión para ese día.
De momento, el tribunal ha dado veinticuatro horas de plazo a las acusaciones para que presenten sus alegaciones contra los escritos y tras ello resolverán a la mayor brevedad.
Centrados en el juicio, este miércles han vuelto a 'reflotar' los problemas para atracar que tuvo el buque que llevaba a policías para el 1-O, una acusación que pesa sobre el ex conseller Josep Rull, que afirmó en un tuit: "En efecto, no le hemos dejado atracar".
Sin permiso de atraque
José Albert Carbonell, director general del Puerto de Barcelona, dependiente del Estado y donde atracó el buque, ha apoyado la versión de Rull y ha indicado que al principio se denegó el atraque porque no se tramitó como buque de Estado.
Ha explicado que se debe pedir el atraque a través de una plataforma, pero hay situaciones excepcionales en las que puede pasarse por alto, si bien a su juicio es difícil que el conseller pueda autorizar o denegar atraques: "Mucho me extrañaría".
Al margen de este testimonio, los votantes han protagonizado de nuevo el juicio para dejar claro que el binomio de mossos trató en todos los colegios de impedir la votación pero que generalmente no pudo porque los ciudadanos se colocaban en los accesos de los locales para "de forma pacífica no dejarles entrar", pese a ser agentes de la autoridad con una orden judicial.
"La gente les impedían entrar, sí claro", ha dicho uno; "Dos personas contra doscientas, era impensable", ha señalado otra.
Y aunque muchos pasaron la noche en los colegios, ninguno conoce a los responsables de abrir y cerrar los locales como tampoco saben cómo llegaron las urnas y el material electoral a los centros, simplemente el domingo por la mañana estaban ahí. De hecho, la súbita aparición de las urnas era recibida siempre con "sorpresa".
"Las urnas habían aparecido, pero no sabíamos cómo", "lo mismo habían entrado por la puerta de atrás" o "yo no se quién llevó el material, pero estaba allí" han sido las respuestas de los testigos.
Todo se resume en una intervención de un testigo con la abogada del Estado:
- ¿Quién llevaba el material electoral al centro?
- No lo se
- ¿Pero usted pasó la noche allí?
- Sí
- ¿Sabe quién abrió y cerró el centro?
- No.
El tribunal rechaza devolver a Santi Vila la fianza de 50.000 euros
La sala que juzga el procés independentista en el Tribunal Supremo ha rechazado devolver al ex conseller de Empresa de la Generalitat de Cataluña Santi Vila, para quien se piden 7 años de cárcel por desobediencia y malversación de fondos públicos, los 50.000 euros de fianza que depositó en noviembre de 2017 para eludir su prisión provisional en este procedimiento. Alegaba que los gastos para asistir a las sesiones del juicio, que comenzó el pasado 12 de febrero, le han colocado en una situación de extrema necesidad económica. En un auto dado ha conocer este miércoles, que coincide con el criterio expresado por la Fiscalía, la Sala señala que no cabe devolverle la fianza que pagó para salir de la prisión que dictó contra él la entonces juez de la Audiencia Nacional Carmen Lamela. Razona que "no se ha modificado la situación de riesgo de sustracción a la acción de la justicia por el hecho de que el solicitante se limite a cumplir lo que no es sino expresión de una carga procesal: comparecer personalmente a las sesiones de su propio juicio oral".
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