Otros 8 meses de cárcel al dueño de Contsa por no pagar la multa

Estafa piramidal

El tribunal rechaza conmutar su multa por trabajos comunitarios

Los jueces le reprochan la “multitud de actos para poner a buen recaudo su patrimonio”

José Salas Burzón (a la izquierda) con su abogado
José Salas Burzón (a la izquierda) con su abogado
Amanda Glez. De Aledo

04 de febrero 2019 - 02:00

La Audiencia de Sevilla ha impuesto a José Salas Burzón, dueño de la inmobiliaria Contsa, otros ocho meses de cárcel por no pagar la multa a la que fue condenado. Le imputa una “total ausencia de reparación del daño causado” después de haber estafado a cientos de personas "los ahorros de toda su vida".

En otra resolución, el tribunal rechaza la petición del empresario de que su multa sea conmutada por trabajos en beneficio de la comunidad porque no ha pagado a sus acreedores y además ha intentado ocultar su patrimonio.

Estos ocho meses se unen a la condena que el empresario ya cumple desde 2017, consistente en nueve años, cuatro meses y 15 días de prisión por una estafa piramidal a 1.658 personas.

La nueva condena debe compensar las 16 mensualidades de multa por un delito de insolvencia punible que Salas Burzón aún no ha pagado.

En un auto al que ha tenido acceso este periódico, la Sección Séptima de la Audiencia recuerda que el empresario tiene 1.580 acreedores que le confiaron “los ahorros de toda su vida, sin que hayan podido recuperar siquiera parte de sus créditos”.

Pero además el empresario “ha llevado a cabo multitud de actos de insolvencia punible para poner a buen recaudo su patrimonio, inclusive declarando el concurso de la entidad Contsa”.

Con ello “burló no solamente a sus múltiples acreedores sino a la Administración de Justicia, delitos por los que está cumpliendo penas de prisión importantes”.

Salas Burzón está en prisión desde mayo de 2017, cuando el Tribunal Supremo confirmó la condena impuesta por la Audiencia de Sevilla.

Su abogado hizo dos peticiones al tribunal, ambas rechazadas: por un lado, solicitó que la condena de 16 meses de multa por el delito de insolvencia punible fuese sustituida por trabajos en beneficio de la comunidad. Argumentó que cualquier abono que haga será imputado en primer lugar al pago de las indemnizaciones y luego a la multa, por lo que “tardaría muchos años en poder pagarla” ya que calcula que la indemnización a los 1.580 perjudicados asciende a 100 millones de euros más los intereses.

Según su letrado, “la multa de imposible pago se convertiría en una suerte de prisión por deuda”.

La Audiencia le responde que el Código Penal no recoge ningún derecho del condenado a pagar la multa con trabajos comunitarios, sino que es potestad del tribunal sentenciador conceder dicha posibilidad. Para ello el tribunal debe valorar “la gravedad del delito cometido y los esfuerzos para reparar el daño causado”, inexistentes en el caso de Contsa.

“No se trata, pues, de ninguna prisión por deudas, sino de la total ausencia de reparación del daño causado, por lo que debe cumplir la responsabilidad personal subsidiaria correspondiente al delito de insolvencia punible mediante la privación de libertad durante ocho meses”, según el auto.

En mayo de 2017, la Audiencia ordenó la entrada en prisión de Salas Burzón por su riesgo de fuga, por lanotable extensión de la pena de prisión impuesta”, porque estaba separado de su esposa y no tenía arraigo laboral ni social y porque poseía “bienes suficientes para evadirse de la acción de la Justicia y evitarse el cumplimiento de la pena tan grave”.

La sentencia, de la que fue ponente la juez Mercedes Alaya, condenó al empresario por un delito continuado de estafa, un delito continuado de falsedad y un delito societario a la pena de prisión de cinco años, cuatro meses y quince días y al abono de una multa de once meses con cuota diaria de 20 euros. Por otro delito de insolvencia punible fue condenado a cuatro años de prisión y multa de dieciséis meses con cuota diaria de 20 euros.

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