Delito de odio e injurias

La juez archiva la causa contra el líder del SAT por injurias al Rey en Twitter

  • La Fiscalía pidió el sobreseimiento al entender que aunque los comentarios pudieran "resultar ofensivos", las expresiones no son constitutivas de delito

El líder del SAT Óscar Reina.

El líder del SAT Óscar Reina. / josé ángel garcía

El Juzgado de Instrucción número 1 de Estepa ha archivado la causa abierta contra el líder del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) Óscar Reina, portavoz del SAT, por un delito de odio a petición de la propia Fiscalía que lo denunció. En el escrito de sobreseimiento y archivo de la causa, el Juzgado valora el informe del Ministerio Fiscal, que tras las diligencias de investigación, reconoce que “las expresiones expuestas no pueden integrar el tipo argumentado en el art. 510 del Código Penal” que fundamenta el delito de odio, por lo que la propia Fiscalía pide el sobreseimiento.

La investigación policial de las redes sociales de Óscar Reina abarcan desde 2016 hasta 2018. En diciembre de 2016, el portavoz del SAT rajó un retrato del rey, al igual que hicieron diputadas de la CUP en el Parlament en solidaridad con jóvenes que fueron detenidos por quemar públicamente una foto del rey. Reina le escribió al Rey una carta abierta donde le recuerda el drama de la emigración, el paro masivo y las muertes por pobreza energética. El sindicalista afirma, en dicha carta, que el rey es "nieto del golpe de estado franquista que acabó con la república".

En el informe, la fiscal sostiene que "pese a que el hecho pudiera resultar ofensivo, ha de llegarse a la conclusión de que las expresiones expuestas no pueden integrar el tipo argumentado en el artículo 510 del Código Penal, en sus vertientes de incitar a la violencia o discriminación (artículo 510.1) o de vejar y lesionar la dignidad (artículo 510.2)".

Así, el Ministerio Público recuerda que se trata de un caso en el que colisiona la libertad de expresión y la dignidad de las personas y que, "no existe dicotomía delito-libertad de expresión, sino que también existe la vía civil de reclamar por vulneración del derecho al honor".

Y añade que como existe una "frontera tan fina entre lo incluido dentro de tal libertad y lo que la sobrepasa", la Comisión Europea contra el Racismo y la Intolerancia, pide que se estudie en profundidad cada caso, "que sólo se actúen en los supuestos más flagrantes y hagamos un ejercicio de objetividad para diferencias entre lo ilícito, lo grosero y molesto que puede atentar contra la sensibilidad pero puede no ser un ataque directo a la dignidad de las personar integrantes de un grupo, ni generar hostilidad contra el grupo al que se dirige".

Además, señala que la muestra pública de desprecio "no hace mención más que a una postura política, en buena parte llamada a la hipérbole que fomenta la crispación pero, en ningún caso circunscrita a los supuestos recogidos en el tipo" del delito mencionado. Por todo ello, la fiscal pidió el sobreseimiento provisional de la causa, "sin perjuicio de que los ofendidos por sus expresiones puedan ejercitar las acciones civiles que entiendan oportunas para restablecer su derecho al honor".

En el sumario aparecen otros tuits donde afea la corrupción del PP y del Gobierno Rajoy, así como la actuación policial disparando “a migrantes que nadaban para salvar sus vidas” en la playa del Tarajal o contra las balas de goma “que dejaron tuerto a una persona”. Asimismo, Reina critica abiertamente la represión policial del 1 de Octubre en Cataluña y el encarcelamiento de los políticos catalanes, tildando al Estado español de “represor y corrupto”.

El conjunto de las expresiones reunidas, un total de 18 tuits y diversas publicaciones en Facebook e Instagram, dio lugar a una causa abierta por un delito de odio y otro de injurias a la Corona. La denuncia fue interpuesta el 15 de mayo de 2018 de oficio por la Fiscalía y el Juzgado de Instrucción número 4 de Sevilla se inhibió en favor de los juzgados de Estepa.

El SAT califica el sobreseimiento como 'victoria de la democracia'

Desde el SAT han calificado el archivo de la causa como “una victoria de la democracia”, dado que “Óscar Reina sólo ha opinado de hechos que han acontecido en la vida política española trasladando a la opinión pública sus ideas en su legítimo derecho a la libertad de expresión”.

Para el sindicato, “la cantidad de esfuerzos y dinero empleado en vigilar las publicaciones en redes de una figura pública es un escándalo y un derroche de recursos públicos que no tiene sentido, como ha quedado demostrado”.

Tags

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios