Instituciones Penitenciarias

De las galeras al toque de retreta: la influencia militar en el sistema penitenciario

  • En 1653 la pena de galeras se limitó a un máximo de 10 años remando

  • “Recibido el hombre, la misión del presidio es corregirlo”.

Luis Fernández Arévalo (izquierda), durante un acto en la Audiencia de Sevilla

Luis Fernández Arévalo (izquierda), durante un acto en la Audiencia de Sevilla

El fiscal jefe de Sevilla, Luis Fernández Arévalo, expuso recientemente en el Foro Justicia y Defensa Nacional una ponencia sobre la influencia militar en el sistema penitenciario, con un análisis sobre la persistencia de una terminología militar en las cárceles como el horario de diana y de retreta, el licenciamiento, el “cabo” encargado de mantenimiento o el rastrillo como sinónimo de puerta de acceso.

Fernández Arévalo, un reconocido fiscal penitenciario a nivel nacional, comenzó su exposición recordando el lenguaje militar que impregna el sistema penitenciario: hasta finales del siglo XIX el director de un centro era denominado comandante del presidio, los dormitorios colectivos se llamaban brigadas, las puertas de entrada eran rastrillos, el funcionario responsable de la cocina era el furriel y el interno encargado del mantenimiento era denominado cabo, término que se sigue usando.

Explicó Fernández Arévalo que incluso hoy en día las normas de régimen interno se refieren a la diana como el inicio de las actividades del día, retreta el final, el antiguo uniforme militar era similar al de la Guardia Civil y hasta 1982 cuando una autoridad entraba o salía del centro se avisaba con un toque de corneta.

La pena de galeras en los barcos de guerra estuvo vigente entre los siglos XIII y XVIII y en 1502 los Reyes Católicos sustituyeron las condenas a muerte por el servicio en los buques de la Marina Real. “En realidad los penados eran esclavos, forzados a trabajar de por vida por y para el rey”, afirma el fiscal sevillano. En 1653 esa condena se limitó a un máximo de diez años remando.

La condena a galeras pervivió hasta 1748, cuando fue abolida por Fernando VI aunque lo hizo por “el desuso e inutilidad militar de tales navíos”. Entonces se optó por enviar a los reclusos a trabajar en las minas de Almadén o en los presidios de África.

Muchos de esos condenados serían también destinados a los Arsenales de Marina, principalmente Cartagena, Cádiz y Ferrol. En el primero se dedicaban al manejo de bombas de agua para achicar agua en los diques y en los dos últimos a otras labores de utilidad castrense.

Explicó Fernández Arévalo que la primera normativa penitenciaria española con vocación de exhaustividad  fue la Real Ordenanza de Presidios Arsenales (1804) de Carlos IV, que preveía el examen médico, higiene, vestuario, dos comidas calientes al día y “carne fresca en festividades relevantes”.

La Ordenanza de Presidios de 1807 ya preveía una cárcel en cada capital de provincia con Capitán General, entre ellas Sevilla. Cada presidio estaba gobernado por un comandante militar con grado de capitán hacia arriba.

La ponencia de Fernández Arévalo se centró en cuatro militares reformadores de los sistemas penitenciarios: Elam Lynds, Francisco Javier Abadía, Manuel Montesinos y Alexander Maconochie.

De entre ellos, destacó al teniente general Abadía, a quien se debe “la transformación y nueva orientación” hacia una nueva forma de organización penitenciaria desde su puesto en Cádiz, a donde llegó en 1803 y llevó a cabo iniciativas como el establecimiento de una estructura manufacturera que “llegó a cubrir con exceso los gastos de la institución”.

Como elementos de esta estructura, se refirió al criterio clasificatorio según la conducta y edad del penado (se distinguía entre “corregibles” e “incorregibles”) y una “tendencia humanitaria” con el estímulo de la rebaja de las condenas como recompensa.

El coronel Manuel Montesinos y Molina, por su parte, fue nombrado comandante del presidio de Valencia en 1834, consiguió dos años después la cesión del Convento de San Agustín para convertirlo en una cárcel que fue acondicionada por los propios presos.

Su sistema se basaba en tres fases, “pero siempre haciendo énfasis en que el final era alcanzar la libertad condicional”. Los internos pasaban por la fase “de hierro”, con grilletes en los pies para recordarles su acción indebida, y la “de trabajo” como medio de “reforma y no de sufrimiento y expiación de los delitos”.

Finalmente había una “libertad intermedia” en la que los reclusos trabajaban fuera de la cárcel durante el día y regresaban a dormir por la noche.

Concluyó el conferenciante diciendo que Montesinos fue el precursor de la idea de resocialización con su célebre frase: “la prisión solo recibe el hombre. El delito se queda a la puerta. Recibido el hombre, la misión del presidio es corregirlo”.

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