Libre de 27 años de cárcel por falta de pruebas de que abusara de su ahijada

Sentencia por abusos

El relato de la niña no fue “coherente ni persistente"

El juicio tuvo lugar en la Audiencia de Sevilla
El juicio tuvo lugar en la Audiencia de Sevilla
Amanda Glez. De Aledo

16 de octubre 2020 - 11:26

LaAudiencia de Sevilla ha absuelto a un hombre de 37 años para quien la Fiscalía pidió 27 años de cárcel por abusar sexualmente de su ahijada de 7 años, hija de unos amigos de la familia. La sentencia se basa en el relato "ni coherente ni persistente" de la menor y la falta de pruebas periféricas.

El acusado A.G.O. se enfrentó en principio a 39 años de cárcel que pedía el fiscal por cuatro delitos de abuso sexual, aunque en el acto del juicio lo adaptó al Código Penal vigente en la época y situó su petición en 27 años de prisión y 20.000 euros de indemnización.

La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia, a la que tuvo acceso este periódico, solamente considera demostrado que durante el año 2009, cuando la niña tenía 7 años, el acusado, que era su padrino, se la llevaba a dormir a su casa situada en un pueblo de la provincia y lo hacía con la anuencia de sus padres, ya que “era como de la familia”.

En una exploración judicial de la menor realizada el 20 de abril de 2010 en el juzgado de instrucción de Morón de la Frontera, la niña negó que hubiese sido objeto de los citados abusos sexuales y según un informe de la entidad EICAS de noviembre de 2011, "desde el inicio de la evaluación y de forma espontánea" la menor “insiste en hablar de forma positiva del acusado y en negar el supuesto abuso”, así como en culpabilizar a la denunciante.

La niña relató los abusos cuando comprendió que “eran cosas que estaban mal”

Sin embargo, en enero de 2016, cuando tenía 13 años, relató lo sucedido a una trabajadora social y explicó su silencio anterior porque “era pequeña y no sabía que estaba mal”.

La absolución se basa en la “falta de lógica” de las sucesivas declaraciones de la niña: “No es congruente” -dicen los jueces- que el 28 de enero de 2016 no refiriera ningún episodio de penetración y tres días después manifestara: “he empezado a recordar que nos hemos acostado”. “No es lógico que unos episodios tan traumáticos como los que describe, con dolor y llanto y que le causen ese miedo, fueran olvidados en sus declaraciones anteriores”.

El relato de la menor “no es coherente ni persistente y además carece de corroboraciones periféricas de carácter objetivo”, pues su versión “no viene apoyada en ningún añadido a la pura manifestación de la misma”, según los magistrados.

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