Segunda condena al ex alcalde José Luis Vega, ahora por prevaricación
La algaba
La juez le impone 7 años de inhabilitación por ordenar "de forma caprichosa" colocar un toldo en una cafetería.
La juez de lo Penal número 7 de Sevilla ha condenado a siete años de inhabilitación al ex alcalde de La Algaba José Luis Vega (IU), actualmente en prisión por otra causa, que fue enjuiciado en enero pasado por un delito de prevaricación por haber ordenado de "forma caprichosa, clamorosamente arbitraria y contraria a la legalidad" a los operarios municipales que instalaran el toldo de una cafetería que carecía de autorización. Se trata de la segunda condena del ex regidor algabeño, que cumple desde abril de 2013 una pena de dos años y seis meses de cárcel por un delito de cohecho, por haber pedido a unos empresarios una comisión de 60.000 euros a cambio de la concesión de una licencia.
La sentencia, que impone una inhabilitación levemente inferior a los ocho años que pedía la Fiscalía y los nueve de la acusación que ejerce el Ayuntamiento, declara como hechos probados que en fechas anteriores a abril de 2007 el Consistorio había ordenado la retirada de un toldo que el propietario de la cafetería Río Blanco, ubicada en la avenida Juan de Molina, había colocado "sin autorización administrativa o licencia" municipal, tratándose de un toldo sostenido en unos hierros clavados en el suelo del acerado público. La instalación molestaba a un vecino que tenía al lado un local comercial y una vivienda. Entre ambos existía un conflicto y "malas relaciones personales".
El 17 de abril de 2007 el Ayuntamiento ordenó la retirada del toldo por carecer de la correspondiente autorización municipal, y aunque el propietario recurrió, el Consistorio confirmó la orden de retirada, que se ejecutó el 21 de junio.
Sin embargo, el 5 de julio de 2007 el alcalde ordenó "verbalmente y por escrito" al jefe de la Policía Local que pusiera los medios oportunos con el fin de acompañar al personal de Obras y Servicios para instalar de nuevo el toldo de la cafetería, a pesar de que no habían variado "ninguna de las circunstancias" que motivaron la orden de retirada y "sin dictar una nueva resolución variando las anteriores".
La colocación del toldo se llevó a cabo pese a que constaba un informe de los servicios técnicos del Ayuntamiento respecto a la "imposibilidad" de colocar cualquier obra o construcción u obstáculo en el acerado público.
En el juicio, José Luis Vega defendió que la licencia del toldo estaba unida a la de los veladores de la cafetería, si bien la oficial mayor del Ayuntamiento declaró que la licencia no se podía conceder porque no se cumplía la normativa correspondiente. Según esta testigo, el alcalde conocía la ilegalidad de su actuación.
De hecho, la juez señala que cuando el alcalde firmó la resolución inicial se denegó la instalación porque "no cumplía las normas subsidiarias de planeamiento vigente en el municipio, que sólo admite instalar toldos anclados en la fachada", mientras que en este caso se había colocado en su totalidad en la vía pública y sin licencia municipal.
Para la magistrada, se trata de una resolución "clamorosamente arbitraria, por dictarse en contra de lo resuelto conforme a la normativa, y sabiendo por los peritos o servicios técnicos que no se podía colocar allí ningún toldo anclado al suelo".
La juez ha rechazado, no obstante, la petición de indemnización del vecino afectado, que reclamaba 6.000 euros por no haber podido alquilar el local, al no quedar acreditado que hubo una propuesta de alquiler y que no lo hiciera por existir unos veladores y unos postes de hierro para acceder al local.
El abogado José Manuel Carrión, que defiende al ex alcalde, había pedido la libre absolución al alegar que José Luis Vega dio una orden verbal y argumentó que ésta no puede considerarse como un acto administrativo. La defensa añadió que quien había dado la orden es el concejal de Urbanismo, mientras que el alcalde se limitó a firmar los decretos como "medida de protección" para los operarios municipales.
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