DeSevilla quiere que se impute a Monteseirín tras el fallo del TSJA
El Alto Tribunal andaluz vio un posible delito en la readmisión de Domingo Enrique Castaño
La Fundación para la Formación, Innovación y Cooperación de Sevilla (DeSevilla) ha solicitado al juez de Instrucción número 16 de Sevilla, que investiga las irregularidades en la gestión de esta entidad por sus anteriores gestores, que cite a declarar como imputado al ex alcalde Alfredo Sánchez Monteseirín, después de la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que apreció un posible "delito" en la readmisión en la fundación del que fuera asesor del grupo Socialista Domingo Enrique Castaño.
En un escrito presentado en el juzgado, la Fundación recuerda que la sentencia reconoce que los hechos relacionados con la readmisión de Castaño y el ERE de la entidad pueden ser constitutivos de delito, por lo que pide que, "previa unión a los autos de la sentencia, se acuerde que, previa instrucción del artículo 118 de la ley de Enjuciamiento Criminal, se le reciba declaración en calidad de imputado a Alfredo Sánchez Monteseirín sobre los hechos relacionados en la sentencia, señalándose día y hora para su práctica".
No es la primera vez que DeSevilla -en el actual mandato de Juan Ignacio Zoido (PP)- intenta que se impute en este procedimiento al ex regidor socialista, algo que en mayo pasado ya rechazó el juez en una providencia en la que asumió la tesis de la Fiscalía de Sevilla. El fiscal se opuso a la imputación al entender que actualmente no se deducen indicios contra el anterior regidor o contra los patronos, a pesar de la declaración del interventor del Ayuntamiento y del atestado de la Guardia Civil que apuntaba a la posible existencia de un delito por parte de Monteseirín y de los patronos porque conocían la situación económica de la Fundación y "no tomaron medidas" para solucionarla.
La nueva petición de implicar a Monseirín en la causa judicial se produce después de el TSJA haya apreciado un posible delito en la readmisión de Castaño. El Alto Tribunal andaluz argumenta en la sentencia conocida esta semana que el 26 de mayo de 2011 Monteseirín, entonces presidente de la Fundación, solicitó al gerente que tramitase la incorporación de Castaño a partir del 1 de junio, adscribiéndolo a la asesoría jurídica, con la categoría del grupo III en el convenio colectivo y con un salario anual de 35.000 euros.
Sólo unos días después, el 3 de junio, la Fundación solicitó de la delegación provincial de Empleo la autorización de un ERE para la extinción de 12 de los 22 trabajadores de la Fundación, conforme a un acuerdo del 2 de junio de 2011 con la representación de los trabajadores y que culminaba el periodo de negociaciones que se había iniciado el 23 de mayo.
Analizados estos hechos, los magistrados del TSJA consideran que cabe inferir de los mismos "un hacer que podría ser constitutivo de delito" y, en este sentido, señala que así se desprende de un informe del secretario del patronato de la fundación "en el que consideraba que el actor [en alusión a Castaño] inició el disfrute de excedencia el 16 de septiembre de 2007, que le fue tácitamente concedida y que permanecía en ella" cuando en fechas anteriores la misma fundación había denegado el reingreso. Esto "supuso o que hubo un despido o que se negaba toda relación laboral con la misma", sin que el actor hubiera reaccionado y sin embargo "se le reconoce por la Fundación, previo informe de su secretario, que estaba en excedencia 'tácita' -figura inexistente en el ordenamiento jurídico-" y pocos días después se inicia el ERE cuando "ocho días antes" Monteseirín ordenó la incorporación de Castaño a la Fundación.
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