FERIA Toros en Sevilla hoy en directo | Morante, Castella y Rufo en la Maestranza

Sevilla

Maeztu insta al Ayuntamiento a "recuperar las zonas ajardinadas suprimidas" en Eduardo Dato

  • Critica que se "suprima una zona ajardinada para pavimentarla y que se termine otorgando autorización para terrazas de hostelería"

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, dirigida por Jesús Maeztu, ha instado al Ayuntamiento de Sevilla, gobernado por Juan Espadas, a "recuperar las zonas ajardinadas suprimidas en distintos tramos de la avenida de Eduardo Dato", lamentando que el Consistorio haya pavimentado "una zona ajardinada" de dicha vía que ha acabado convirtiéndose en la "terraza de un local de hostelería". Se trata de una resolución del departamento de Jesús Maeztu dada a conocer este martes por la portavoz de la Red Ciudadana de Sevilla, Purificación Torres, y el portavoz de IU en el Ayuntamiento hispalense, Daniel González Rojas.

Dicha resolución parte de una queja promovida por la Red Ciudadana de Sevilla ante la institución que encabeza Jesús Maeztu, avisando de que a finales de marzo de 2015 arrancaron unas obras en la avenida de Eduardo Dato, saldadas con la pavimentación de unos 220 metros cuadrados hasta entonces ocupados por un parterre con su correspondiente vegetación. Tal extremo, según la Red Ciudadana de Sevilla, contraviene el propio Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), que recoge dicho espacio como "dotación de espacio libre-zona verde", implicando además "la privatización de un espacio libre para su explotación por una cervecería que instala allí su terraza de mesas y veladores con sus sombrillas".

Frente a dicha queja, el Ayuntamiento hispalense alegaba que las "obras de ensolado de parterre" acometidas en la avenida de Eduardo Dato fueron iniciadas cuando en el parterre en cuestión "ya no existía ningún árbol", toda vez que el espacio afectado por la actuación habría de ser considerado como "zona ajardinada" o como "espacio libre".

Lo que dice el PGOU

Para el primer caso, según los informes municipales, el planeamiento urbano no fija "condiciones relativas a su tipo de pavimentación o densidad de plantaciones", mientras para la clasificación de espacio libre quedaría estipulado que "podría estar pavimentada independientemente de que presente o no elementos de ajardinamiento". Del mismo modo, el Consistorio hispalense aseguraba que a la hora de actuar sobre este espacio, "se descartó llevar a cabo un ajardinamiento" como tal, dadas las "canalizaciones" que atraviesan el subsuelo.

A partir de ahí, la resolución de Jesús Maeztu considera que en la avenida de Eduardo Dato "se vienen realizando intervenciones sin modificar el planeamiento, sustituyendo de facto las zonas ajardinadas por espacios pavimentados en los que incluso se autoriza la instalación de terrazas para la hostelería". Y más allá de los entresijos concretos que el planeamiento urbano atribuye a cada clasificación de los espacios, la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz recuerda el "déficit de zonas verdes del distrito Nervión-San Pablo", invocando "las necesidades de la población de las que se hizo eco el PGOU y la apuesta por un modelo sostenible" de ciudad".

"La legalidad de tales actuaciones es más que cuestionable no sólo por la vinculación de los terrenos al destino pormenorizado otorgado por el plan, sino también por la doctrina de vinculación de los propios actos que se enmarca dentro del principio de confianza legítima", razona el departamento de Jesús Maeztu, considerando que en este caso, el Ayuntamiento hispalense no ha respetado dicho principio y se ha "desvinculado del modelo aprobado" para el planeamiento urbano.

Cuestión de "congruencia"

"No es una cuestión meramente jurídica, sino de congruencia con el modelo de ciudad y de planificación que se aprobó en su día y que actualmente demanda la ciudadanía", abunda la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz, según la cual "no parece congruente que se suprima una zona ajardinada para pavimentarla y que se termine otorgando una autorización de terrazas de un local de hostelería".

Además, la resolución de Maeztu no acepta el argumento de que cuando comenzaron las obras ya no existía ningún árbol en el parterre, porque tal extremo "escenifica el abandono en el que se encontraba" la zona y debería haber sido "motivo para haber abordado su recuperación" con plantaciones. Por eso, esta resolución del Defensor del Pueblo Andaluz recuerda al Ayuntamiento su "deber legal de respetar lo establecido en el PGOU en cuanto al modelo de ordenación" estipulado para la zona objeto de la queja en cuestión. Igualmente, dicho departamento recomienda al Consistorio que "proceda a recuperar las zonas ajardinadas que han sido suprimidas en distintos tramos de la avenida Eduardo Dato", comenzando por aquella en torno a la cual gira esta resolución.

La portavoz de la Red Ciudadana de Sevilla advierte de que este parterre formaba parte de una superficie verde de unos 5.670 metros cuadrados calificada como "zona verde-otros" por el planeamiento urbano, un espacio donde el Ayuntamiento habría acometido otras actuaciones como la ya descrita. Todo ello "en el distrito con menos zonas verdes de Sevilla", extremo por el cual este colectivo elevará el asunto a la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, al objeto de que tome medidas ante el Ayuntamiento.

Daniel González Rojas, de su lado, ha señalado la "tarjeta amarilla" de la Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz a la "nefasta gestión de las zonas verdes" del Gobierno municipal del socialista Juan Espadas. Por eso, IU elevará "una batería de preguntas" al gabinete municipal, para que aclare qué medidas va a adoptar ante esta resolución.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios