El Tribunal Supremo ha declarado "inadmisible" el recurso de casación promovido por la empresa Biouniversal -adjudicataria del servicio municipal de recogida de grasas y aceites de cocina usados de Sevilla- contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que anula la cláusula que obligaba a los hosteleros a entregarle estos líquidos, sin contraprestación económica a cambio.
A través de un auto emitido el 9 de junio y recogido por Europa Press, el Supremo examina el recurso de casación de Biouniversal, donde casi directamente lo declara "inadimisible". Según el auto, "El recurso no se ajusta a lo dispuesto (...), pues se basa en infracciones del ordenamiento jurídico (...), pero sin que se despliegue argumentación jurídica alguna sobre en qué modo han sido relevantes".
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