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Educación

Así es la nueva figura que vela en los colegios de Sevilla contra el acoso escolar

El ciberbullyng en los colegios

El ciberbullyng en los colegios / Dani Rosell

Una de las novedades que introduce la nueva ley educativa (Lomloe) es la figura del coordinador bienestar y protector del alumnado con la que han de contar todos los colegios. Se trata de una nueva función que también establece la Ley Orgánica 8/2021 de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia (Lopivi). Debe estar disponible en todos los centros educativos donde cursen estudios menores de edad. La persona que ejerce tal competencia actuará siempre bajo la supervisión del director o titular del centro. 

¿Cuál es su función? El coordinador de bienestar y protector del alumnado deberá, entre otras obligaciones, intervenir en aquellos casos en los que se constate un uso ilícito de información personal de los menores de edad, incluidos vídeos y fotos de estos. Ante tal situación, promoverá la comunicación inmediata del centro educativo a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Debe recordarse que esta agencia dispone de un canal prioritario para alertar de publicaciones no autorizadas en internet de contenido sexual o violento -ya sean fotografías, vídeos, audios o información que identifique a las personas- y solicitar su retirada de forma urgente. 

El certificado electrónico

Los centros educativos, en estas situaciones, pueden denunciar tales publicaciones haciendo uso de un certificado electrónico de representante de persona jurídica. En caso de que la AEPD confirme que se han difundido datos personales sin autorización, iniciará distintas actuaciones para determinar una posible responsabilidad administrativa en materia de protección de datos e imponer una sanción económica. 

El coordinador de bienestar ha de aportar a la AEPD una información muy detallada que aclare las circunstancias en las que se ha producido la publicación de los contenidos que afectan a menores matriculados en un colegio o instituto. Se ha de identificar al alumno del que se han vulnerado sus datos, el contenido del que se solicita la retirada (si es fotografía, vídeo, audio u otro soporte), el posible perfil en red social que lo ha difundido y las distintas direcciones de las webs de acceso. 

También se ha dejar constancia en la solicitud si se ha denunciado la publicación ante la Policía, la Guardia Civil o la Fiscalía, acompañando en ese caso un ejemplar de la denuncia. De igual modo, se especificará si al autor de la difusión de los datos se le ha pedido previamente la retirada de las redes sociales. Se debe incluir una copia de la reclamación y la respuesta obtenida. 

Una figura obligatoria

Esta nueva figura surge como respuesta, entre otros problemas que ponen en riesgo la convivencia en la comunidad escolar, al acoso escolar y muy especialmnete al ciberbullyng que sufren muchos menores fuera del aula y las 24 horas del día. Una situación límite que ha terminado -ejemplos recientes hay- en el suicidio de los alumnos y que escapa del control habitual de docentes, tutores y equipos directivos de los centros. 

El coordinador de bienestar es obligatorio en todos los colegios, ya sean públicos, concertados y privados. Además de la formación ofrecida por la Delegación territorial de Desarrollo Educativo y FP, algunas empresas especializadas en la gestión y protección de datos personales han colaborado en el asesoramiento a los centros de enseñanza sevillanos. 

La colaboración empresarial

Tal es el caso de Youforget.me, una plataforma de concienciación, prevención y gestión de la exposición en internet -la denominada huella digital- también pensada para centros educativos. Entre sus servicios, se incluyen herramientas de concienciación para menores y seguridad digital para familias. Una tecnología de gran interés y utilidad para el coordinador de bienestar, con el fin de que cumpla con los requisitos fijados por la Lopivi y la Lomloe. Esta empresa ha sido seleccionada por la aceleradora UnicefLab entre más de 100 iniciativas. La han considerado el proyecto de mayor impacto social en defensa de los derechos digitales de los menores.

En principio, estaba previsto que esta figura la tuvieran todos los centros docentes a inicios del presente curso. Un objetivo que no se logró, entre otros motivos, porque la guía para su creación y puesta en funcionamiento -elaborada por el Ministerio de Educación y Formación Profesional y el Pleno del Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar- se presentó dos meses después del comienzo de las clases. Sindicatos como a ANPE criticaron en ese momento que "la falta de concreción" en la regulación estatal había provocado que las comunidades autónomas aplicaran criterios muy dispares en la implantación de dicha figura. "En la mayoría de los casos sin definir el perfil y sin formación habilitante", advertía este sindicato de enseñanza. 

Así, por ejemplo, en Galicia el curso había arrancado sin coordinador de bienestar en los centros educativos, mientras que en Extremadura sí estaba concretada esta función. En dicha comunidad es un miembro del equipo directivo el que desarrolla el cometido en los colegios y en los institutos, un educador social. En Andalucía, según precisan desde la Consejería de Desarrollo Educativo y FP, desempeña tal figura un miembro del claustro de profesores, "preferentemente del equipo directivo", por lo que se trata de docentes, entre los que se incluyen los orientadores. 

Los cursos de formación

Para su formación -uno de los requisitos que fija la normativa-, la Junta de Andalucía ha puesto en marcha este curso un programa de bienestar emocional en los centros eductivos. Lo han impartido cuatro orientadores del equipo técnico provincial para la Orientación Educativa y Profesional ( Etpoep) del Servicio de Ordenación Educativa.

Durante estos meses han mantenido reuniones de coordinación con el Servicio de Convivencia e Igualdad de la Dirección General de Ordenación, Inclusión, Participación y Evaluación Educativa. Han trabajado a nivel regional, organizados por comisiones de trabajo, sobre el abordaje de casos, la elaboración de materiales de prevención y campañas de sensibilización. También han celebrado unas jornadas de presentación del programa de bienestar emocional con los coordinadores de todos los centros docentes. 

Por otro lado, han elaborado y difundido materiales sobre bienestar emocional y salud mental, han asesorado a los colegios e institutos con demandas en materia de prevención y protección del alumnado. Este asesoramiento se ha llevado a cabo por vía telefónica, correos electrónicos y con visitas y reuniones presenciales entre equipos directivos, coordinadores de bienestar y orientadores de los centros.

Atención personalizada

De igual modo, han prestado una intervención individualizada, acompañados de un miembro del Etpoep -a petición de los centros educativos- al alumnado con necesidades en el ámbito del bienestar emocional y salud mental.

Los orientadores que han desarrollado dicho programa están organizados por zona educativa y han intervenido a demanda de colegios e institutos. Se trata de profesores de ESO en la especialidad de Orientación Educativa. Estos puestos, de carácter voluntario, se ofertan a través del sistema de provisión de interinidades de la consejería. 

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