Sociedad

Decálogo para consumidores en cuarentena

Derechos del consumidor en cuarentena.

Derechos del consumidor en cuarentena.

Como consecuencia del coronavirus y del confinamiento obligado desde el pasado 14 de marzo, el ciudadano puede albergar ciertas dudas acerca de los derechos que protegen al consumidor en estas circunstancias especiales.

Por ello, las distintas uniones de consumidores han realizado campañas informativas para dar a conocer la situación actual de dicho colectivo y dejar claro que aún así, existen numerosos derechos que asisten al comprador.

Aquí va un decálogo de las principales cuestiones que todo consumidor debe saber:

  1. Los plazos de devolución quedaron paralizados el pasado 14 de marzo y no se reanudarán hasta que el gobierno decida dar por finalizado el confinamiento. Será entonces cuando vuelvan a computar los días máximos previstos para la devolución de cualquier objeto o prenda.
  2. Asimismo, los plazos administrativos han quedado también congelados hasta el final del decreto de Estado de Alarma.
  3. Aquellos que tenían reservado un alojamiento turístico pueden pedir el reembolso completo de la reserva.
  4. En el caso de billetes de vuelo, las compañías aéreas deberán ofrecer al pasajero tres opciones: devolución del importe, otro vuelo alternativo lo antes posible o la reserva, cuando el consumidor decida, de otro billete.
  5. Para quienes tenían abonados un servicio que no han podido utilizar (es el caso de gimnasios o academias, por ejemplo), es necesario realizar una reclamación para que se paralicen las cuotas que puedan ir devengando.
  6. Las personas que tengan una hipoteca y hayan visto reducidos sus ingresos de forma drástica (además de cumplir con algunos otros requisitos), podrán solicitar una moratoria del pago.
  7. Durante el período de confinamiento no se van a realizar cortes de suministros básicos a las familias con necesidades especiales, los considerados vulnerables.
  8. Para todas las gestiones de atención al cliente relacionadas con bancos, empresas aseguradoras o cualquier otro tipo de servicios, es ilegal la llamada obligatoria a un teléfono que tenga un coste superior al de una llamada a un fijo o móvil normal, como es caso de los prefijos 902 y otros del mismo tipo. Por tanto, la entidad debe permitir la llamada a través de un teléfono de tarificación normal. En el caso de no otorgar esa opción al ciudadano, el consumidor podrá reclamar a la entidad (con la factura) el dinero cobrado por esa llamada o llamadas.
  9. El precio del butano, ya sea envasado o canalizado, ha sufrido una congelación de precios durante un período de seis meses.
  10. Además, como consejo, las uniones de consumidores instan asalir a comprar solo lo estrictamente necesario para reducir al máximo las posibilidades de contagio.

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