¿Qué hacer para cotizar siendo autónomo desde 2023?: paso a paso

A partir del 1 de enero de 2023 los autónomos cotizarán a través de un nuevo sistema

Claves de la reforma del régimen especial de trabajadores autónomos

Todo autónomo que cotizase por una base superior a la que debería antes de 2022, lo podrá seguir haciendo una vez entre en vigor el nuevo sistema.
Todo autónomo que cotizase por una base superior a la que debería antes de 2022, lo podrá seguir haciendo una vez entre en vigor el nuevo sistema.
Paula Luna

26 de julio 2022 - 16:24

El Consejo de Ministros ha aprobado las nuevas cuotas de autónomos. A partir del 1 de enero de 2023 los autónomos cotizarán a través de un nuevo sistema, es decir, su cuota se fijará según los beneficio que obtengan de su negocio. Para ello, hasta 2025 se han acordado 15 tramos de de rendimientos netos y con cuotas a la Seguridad Social. Entonces, ¿Qué tiene que hacer para cotizar siendo autónomo?

Para empezar, para que todo autónomo cotice en España, ha de registrarse en el portal ImportaSS, un nuevo modelo de atención al ciudadano de servicios digitales que ofrece la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) que permite: consultar tu Número de la Seguridad Social (NUSS) o solicitarlo si no lo tienes; descargar tu informe de vida laboral; tramitar altas, bajas y modificaciones en empleo en el hogar o el trabajo autónomo; modificar tus datos de contacto y domicilio; o acceder a tu cotización, datos de jornada y salario o el resto de información relevante si eres empleado/a de hogar.

En ese portal, el autónomo deberá deberá introducir sus rendimientos y, automáticamente, en base a la cotización y la cuota correspondiente, la Seguridad Social le informará en función del tramo dónde esté situado según sus rendimientos.

Tal y como explican desde AE, Autónomos y Emprendedores, los autónomos deberán notificar a la Seguridad Social lo que prevén ingresar en el próximo año, de esta manera se les asignará el tramo y la cuota que debe pagar. Para calcularlo, la Seguridad Social ha establecido la siguiente fórmula: calcular primero los rendimientos netos anuales de la actividad (ingresos menos gastos deducibles), sumarle luego todas las cuotas que ha pagado el autónomo a la Seguridad Social durante el ejercicio y restarle un 7% o un 3%, en función de si se es persona física o societario. Una vez obtenida la cifra, se divide entre 12. El resultado es el rendimiento neto mensual por el que deberán cotizar.

ImportaSS será quien avise al autónomo del día en el que la Seguridad Social le hará el cobro y el importe de la cuota.

Además, queda establecida la excepción de que, "todo autónomo que cotizase por una base superior a la que debería antes de 2022, lo podrá seguir haciendo una vez entre en vigor el nuevo sistema".

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