¿Quiénes pueden utilizar las piscinas comunitarias? Esto dice la ley sobre los vecinos morosos y los inquilinos

Los Estatutos de la Comunidad podrán establecer la prohibición temporal de uso de las zonas comunes a los propietarios que no estén al corriente de pago de las cuotas

Una piscina comunitaria en la provincia de Málaga.
Una piscina comunitaria en la provincia de Málaga. / Jorge Zapata / Efe

La apertura de la piscina es uno de los hitos más esperados en las comunidades de vecinos. Con la llegada del verano, estos espacios se convierten en un verdadero refugio climático en el que poder refrescarse y paiar los efectos de las altas temperaturas. Sin embargo, pueden surgir diversos conflictos acerca de quiénes tienen derecho a utilizar esta instalación privada.

En toda urbanización existe una serie de servicios como la electricidad, la limpieza de las zonas comunes o, por supuesto, el mantenimiento de la piscina. Todos estos gastos se sufragan gracias a las cuotas que aportan los propietarios a la comunidad. En este sentido, ¿puede disfrutar de la piscina un vecino que no está al corriente de pago?

La Ley 10/2022 de medidas urgentes para impulsar la actividad del rehabilitación edificatoria en el contexto del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia establece que las comunidades de vecinos pueden prohibir el uso de la piscina a los vecinos morosos.

La prohibición de usar la piscina, extensible a convivientes e inquilinos

Esta norma modifica a su vez el articulado de la Ley de Propiedad Horizontal: "La junta de propietarios podrá acordar medidas disuasorias frente a la morosidad por el tiempo en que se permanezca en dicha situación, tales como el establecimiento de intereses superiores al interés legal o la privación temporal del uso de servicios o instalaciones, siempre que no puedan reputarse abusivas o desproporcionadas o que afecten a la habitabilidad de los inmuebles".

Estas medidas sancionadores no podrán tener carácter retroactivo y podrán incluirse en los Estatutos de la Comunidades. Asimismo, la prohibición temporal de uso de la piscina podrá aplicarse a su cónyuge, sus hijos o cualquier otro miembor de la unidad de convivencia. En el caso de que la propiedad esté alquilada, la prohibición de acceder a la piscina se extenderá a los inquilinos, cuyos derechos estarán condicionados por los de su casero.

La comunidad de vecinos se reserva el derecho a prohibir el acceso a cualquier otro espacio, siempre que se trate de una medida proporcional y con carácter temporal, hasta que se abonen las cuotas pendientes y los debidos intereses. Otro requisito es que no afecte a la habitabilidad del inmueble, por lo que no se puede vetar el uso, por ejemplo, del ascensor. De igual modo, los Estatutos de la Comunidad podrán establecer de forma clara los modos de aplicación, regulación y control de esta norma.

¿Pueden los inquilinos bañarse en la piscina de la comunidad?

El inquilino podrá hacer uso de la psicina comunitaria en función del acuerdo alcanzado con el propietario. Según la Ley de Arrendamientos Urbanos, "las normas reguladoras del arrendamiento de vivienda se aplicarán también al mobiliario, los trasteros, las plazas de garaje y cualesquiera otras dependencias, espacios arrendados o servicios cedidos como accesorios de la finca por el mismo arrendador".

Por norma general, ambos no podrán utilizar la instalación a la vez por el tiempo de vigencia del contrato de alquiler, por lo que se trata de un derecho que el propietario decide o no delegar en su inquilino. No obstante, si los Estatus de la Comunidad dicen lo contrario, ambas partes podrán acceder a este tipo de instalaciones siempre que se respeten las normas de uso.

En caso de que el inquilino incumpla alguna norma sobre el uso de la piscina, la comunidad de propietarios podrán reclamar al propietario su responsabilidad.

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