Andalucía

El fiscal no ve delito en la ocupación de una finca liderada por Sánchez Gordillo

  • El TSJA devuelve las diligencias al Juzgado de Posadas para que celebre un juicio de faltas o finalice la investigación

La Sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha acordado la devolución de las diligencias previas al Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Posadas (Córdoba) para que celebre juicio de faltas si considera que los hechos relatados en el atestado policial sobre la ocupación el pasado verano de la finca Moratalla -en Hornachuelos- por parte del Sindicato Andaluz de Trabajadores (SAT) deben ser calificados como falta o finalice la investigación si considera que no es delito. Esta acción estuvo dirigida por el parlamentario andaluz de IU Juan Manuel Sánchez Gordillo, por lo que al tratarse de un aforado el asunto llegó al TSJA. Sin embargo, este tribunal devuelve el expediente a Posadas, ya que el fiscal no aprecia delito alguno en este caso en la actuación del también alcalde de Marinaleda y líder del CUT-BAI, además de pedir el archivo de la causa.

El Alto Tribunal andaluz informó ayer de que "las diligencias previas abiertas por el Juzgado de Posadas fueron remitidas a la Sala Civil y Penal del TSJA al ser aforado uno de los intervinientes en los hechos, el parlamentario andaluz Juan Manuel Sánchez Gordillo. Incoada la causa especial, se dio traslado al Ministerio Fiscal, que solicitó el archivo de la misma y el traslado de la causa al Juzgado de Posadas por si los hechos fueran constitutivos de falta".

En los hechos relatados en el atestado policial se pone de manifiesto que el 21 de agosto de 2012 unas 150 personas entraron en el interior de los jardines del Palacio de Moratalla, permaneciendo en el recinto hasta el 22 de agosto por la mañana. El representante de la propiedad renunció a la indemnización de daños y perjuicios por los hechos denunciados, "por cuanto los daños fueron mínimos y los mismos han sido ya reparados".

En su auto, la Sala Civil y Penal no se pronuncia sobre la calificación penal de los hechos y atendiendo a la única acusación, el Ministerio Fiscal, devuelve el procedimiento a Posadas para que celebre el juicio de faltas si califica los hechos imputables al único aforado como tal o, en caso contrario, si considera que son delito, agote la instrucción y lleve a cabo todas las diligencias que considere pertinentes antes de elevarlo de nuevo a la Sala. Aunque se trate de personas aforadas, el órgano competente para juzgar cualquier hecho calificado como falta es el propio Juzgado del partido judicial donde se hayan producido los hechos, al no existir aforamiento de los diputados del Parlamento de Andalucía más que para los hechos delictivos, indicaron desde el TSJA.

En la actualidad, en la Sala Civil y Penal hay unas diligencias abiertas en las que se imputa a Juan Manuel Sánchez Gordillo por la ocupación de la finca militar Las Turquillas, que proceden de un juzgado de Osuna. También está pendiente de que llegue desde un juzgado de Écija la entrada y aprehensión de alimentos en un supermercado en agosto.

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