Agosto, un mes sin bodas civiles

Trinidad Perdiguero

04 de octubre 2015 - 05:01

la algaba/Los vecinos de La Algaba que tengan previsto celebrar su boda civil en el Ayuntamiento tendrán que tener en cuenta que, a partir de ahora, no podrán fijarla en agosto, un mes habitual para estas celebraciones, pero que ha sido declarado inhábil en una nueva ordenanza municipal que regulará la autorización y celebración de estos matrimonios. Según explica la concejal Rosa María Escudero, la razón es que durante agosto el personal de los servicios administrativos se reduce a la mitad, por las vacaciones, y el que queda debe cubrir a sus compañeros. Aunque este personal no asiste al acto de la boda, sí que se encarga de los trámites, las semanas previas.

No obstante, no serán los únicos días en los que no se puedan fijar bodas civiles, también han quedado excluidos el sábado y el domingo de la Romería en honor a la Purísima Concepción, de gran tradición en La Algaba, o el viernes y el fin de semana de septiembre en los que se celebran las fiestas de la localidad, cuando la mayoría de los concejales que deberían oficiar las bodas participan en los actos programados. Al margen de estos días, quedarán excluídos también cualquier otro señalado como fiesta local en La Algaba -este año ha sido el día de la patrona, Santa Marta, o el lunes posterior a la feria de los toros- y las fechas más señaladas de la Navidad, 24, 25 y 31 de diciembre y 1, 5 y 6 de enero.

Es una de las cuestiones que resultan más llamativas de una ordenanza que, según Escudero, se aprobó en el Pleno por unanimidad y entrará en vigor este mes de octubre. No ha recibido alegaciones durante su tramitación. La edil destaca que, pese a que pueda resultar curiosa, hay otros municipios que la tienen y en La Algaba se planteó su necesidad no porque se haya incrementado la demanda de bodas en el Ayuntamiento -sí ha aumentado el registro de parejas de hecho-, sino porque a veces se encontraban con peticiones que entendían como inadecuadas, sobre todo por algunos horarios que proponían los contrayentes, más allá incluso de las nueve y media de la noche, sin que hubiera una norma fijada para rechazarlas o que las parejas supieran a qué ceñirse.

En la nueva ordenanza sí quedan fijados esos horarios. Así, se podrán celebrar bodas de lunes a sábado, de 10:00 a 13:00 y de 17:00 a 20:30 y los domingos, de 11:00 a 13:00 y habrá una duración máxima para la ceremonia: no más de 20 minutos. En cuanto a los lugares, "con carácter general" y "salvo casos de fuerza mayor o de concurrencia de circunstancias de interés público" que lo impidiensen, siempre se celebrarán en la propia Casa Consistorial, en el Salón de Plenos. Y, también, en la Torre de los Guzmanes, aunque en este caso además de la tasa que hay que abonar al Consistorio por la boda habría que pagar, a su vez, la del uso del centro de interpretación que se ubica en el inmuble histórico. Sólo "extraordinariamente" se aceptará que los ediles celebren bodas en otros lugares a petición de los contrayentes y siempre y cuando éstos cumplan unas mínimas condiciones de "salubridad, higiene y limpieza" y las disposiciones legales lo permitan.

Como ocurre con los templos, en la ordenanza se fijan otras normas que tienen que ver con la tradición del arroz: "Los contrayentes y demás asistentes" a las bodas, se recoge, "se abstendrán de realizar en el interior el tradicional lanzamiento de arroz o cualquier otro elemento" y "en ningún caso se autorizará la utilización de cualquier tipo de artificio pirotécnico". Los novios tampoco podrán cambiar de lugar el mobiliario dispuesto para la celebración del matrimonio (atril, sillas y mesa auxiliar).

Para poder celebrar el enlace, en cualquier caso, la solicitud con toda la documentación necesaria deberá presentarse al menos con un mes de antelación a la fecha prevista y si hubiera dos parejas que coincidieran al pedir el mismo día y hora para su boda, tendrán prioridadad aquellos que estén empadronados en el municipio.

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