Sevilla

Urbanismo indemnizará a un hombre por una caída tras bajarse del autobús

  • El juez condena al Consistorio a pagar 7.160 euros por los daños causados por "riesgo" generado por el mal estado de la calzada

Un juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Sevilla ha condenado a la Gerencia de Urbanismo a indemnizar con 7.160,41 euros, en concepto de daños y perjuicios derivados de la caída que sufrió cuando se bajaba de un autobús urbano debido al mal estado de la calzada.

El accidente tuvo lugar sobre las 19:30 horas del 22 de febrero de 2007 en la avenida Ada de Sevilla, cuando se produjo la caída debido al mal estado de la calzada y que le ocasionó al demandante diversos daños en un tobillo. El juez señala respecto al estado de la vía que no se trata de un defecto pequeño sino de "irregularidades o deficiencias de cierta entidad en la calzada susceptible de entrañar peligro para el peatón, en condiciones tales de provocar una caída".

El fallo añade que con ese deficiente estado de conservación de la calzada se está "generando una situación de riesgo para el usuario de la vía pública", por lo que concluye que es posible atribuir el resultado lesivo a la actuación administrativa municipal.

La Gerencia de Urbanismo había pedido que se desestimara la reclamación porque entendía que en el accidente medió la intervención de un tercero, en este caso de Tussam, y porque en el resultado también tuvo culpa la propia víctima. El juez rechaza de plano que en el accidente interviniera el conductor del autobús urbano, porque no ha quedado acreditado que infringiera "ninguno de los deberes de diligencia" que le impone la ley de Tráfico.

El abogado Alberto de los Santos Díaz Matador defendió en el juicio que la caída se debió exclusivamente al mal estado de la calle, a la vista de las irregularidades que presentaba la calzada y que determinó posteriormente fuese arreglada. Sin embargo, la sentencia entiende que en el accidente coadyuvó la propia víctima, "por cuanto también le es exigible deambular con atención a las circunstancias de la calle, y las irregularidades son visibles".

Por este motivo, la sentencia acuerda conceder una indemnización de 7.160,41 euros, la mitad de la cantidad que había exigido la víctima por los daños causados como consecuencia de la caída.

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