Canon de 200.000 euros anuales por un edificio de la Encarnación

El Ayuntamiento adjudica a la sociedad Las Tinajuelas el inmueble, que fue ocupado ilegalmente.

El edificio de titularidad municipal se encuentra ubicado en los números 5 y 6 de la Plaza de la Encarnación.
El edificio de titularidad municipal se encuentra ubicado en los números 5 y 6 de la Plaza de la Encarnación.
R. S.

22 de mayo 2014 - 05:03

El consejo de Gobierno de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Sevilla, reunido este miércoles en sesión ordinaria, acordó adjudicar a la sociedad limitada Las Tinajuelas a cambio de un canon anual de 200.012 euros más IVA, los derechos de superficie, con opción a compra incluida del edificio de titularidad municipal ubicado en los números 5 y 6 de la Plaza de la Encarnación, a espaldas del mastodóntico complejo urbanístico Metropol Parasol.

Este edificio fue ocupado ilegalmente en 2005 por un colectivo ciudadano mientras el Consistorio iniciaba un procedimiento de expropiación forzosa contra la inmobiliaria que ostentaba la titularidad del inmueble, a cuenta del incumplimiento de su deber de conservación, pues las viviendas en cuestión presentaban y presentan aún un claro deterioro. El 13 de febrero de 2006, una gran operación policial culminaba con el desalojo de las cerca de 60 personas que estaban ilegalmente instaladas en estas viviendas y la expropiación habría sido consumada en 2007 con coste de unos 4,8 millones de euros para las arcas municipales.

El Ayuntamiento, entonces gobernado por PSOE e IU-CA, anunciaba poco después que las viviendas del edificio serían destinadas al realojo de inquilinos desahuciados o víctimas de los abusos inmobiliarios y, a tal efecto, fue acordado destinar 2,95 millones de euros para rehabilitar el inmueble e incluso la empresa Vorsevi Ingeniería y Control de Calidad fue contratada por 20.764 euros para elaborar un informe previo.

Pasados los años y mientras las viviendas nunca han llegado a ser rehabilitadas, la Gerencia de Urbanismo ha promovido un concurso abierto para ofertar los derechos de superficie de este edificio durante un periodo de 30 años, con la opción de compra de la finca al término de los 15 primeros años de duración del derecho de superficie. Los derechos de superficie permiten el aprovechamiento del edificio no sólo para uso residencial, sino para cualquiera de los usos previstos por el planeamiento según su calificación de centro histórico, por lo que el inmueble admite actividades de comercio, oficinas y hoteleras.

Al existir contratos de arrendamiento vigentes, aunque a la fecha se encuentran suspendidos, se ha establecido como obligación del adjudicatario subrogarse a la obligación de la propiedad respecto los citados contratos, debiendo destinar el inmueble a cualquier uso permitido por el planeamiento que lo haga compatible con dichos derechos de arrendamiento. Una vez rehabilitado el edificio, el adjudicatario deberá ofrecer a sus titulares el derecho de retorno al mismo en el local y las viviendas resultantes.

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